miércoles, 19 de enero de 2022

¿Buen servicio o sentimiento de control?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Mientras desayunaba con Rosana, observé que el pago con tarjeta se ha extendido hasta para el cobro de un café, todo ello, supongo, consecuencia de la pandemia, lo que reduce sustancialmente dejar “la vuelta” como propina cuando se liquidaba en efectivo. En “Cafés con arte[1] te contaba las "liberalidades" que recibía de los clientes del restaurante donde trabajaba (ver “La tregua[2]), propinas diarias, conocidas como "bote". En ¿Prohibir las propinas?[3] reseñaba la sentencia del Tribunal Supremo de mi país (TS), anulando la decisión de una empresa de restauración de prohibir la aceptación de propinas de sus clientes[4], al considerar que ello constituía una modificación sustancial de las condiciones de trabajo que debe seguir los trámites del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores[5]. Para el Supremo, “ni el carácter extrasalarial de la propina ni su dependencia de la voluntad de terceras personas impiden que la posibilidad de recibir esas liberalidades de la clientela se considere como una verdadera condición de trabajo”[6]. El alto tribunal entiende que “la eliminación de esa ocasión de ganancia por parte de la empresa constituye un cambio relevante, no tanto en su dimensión económica[7] sino en aspectos atinentes al clima de trabajo y a la existencia de estímulos o recompensas honoríficas”. Cabe preguntarse si el hábito de la propina mejora el servicio o solo refuerza el sentimiento de control de quien la da, es decir, del "abnegado" cliente.

Se escribe en The Economist, Do tips make for better service?[8], acerca de si las propinas contribuyen a un mejor servicio. Según estudié en Derecho, la propina se trata de actos de liberalidad que no surgen de la voluntad espontánea y libre del donante sino de un uso o costumbre, de imperativos sociales: así por ejemplo, los regalos de cumpleaños o de aniversario, regalos habituales en general. Se hacen por tradición y no quedan sujetos a las estrictas normas del contrato de donación por lo que: no serán revocables en los supuestos previstos por la ley; tampoco serán objeto de reducción; ni tampoco serían colacionables. Entre las donaciones remuneratorias y las liberalidades de uso se encuentran las propinas en restaurantes, hoteles, viajes de crucero, etc. que realmente se hacen por costumbre e imperativo social, pero en cierto modo también viene a ser un acto de agradecimiento por el servicio prestado por esa persona, con independencia del propio pago del servicio. Sin embargo, al menos en mi ámbito territorial de actuación, para que mis coetáneos den una propina se tienen que dar los siguientes requisitos previos: que el servicio haya sido más que excelente, que se disponga de presupuesto suficiente y que verdaderamente se quiera dejar ese excedente retributivo. En todo caso entiendo que las propinas no deberían contribuir a dar un buen servicio, debe darse bueno siempre. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Cafés con arte. 2015. Sitio visitado el 19/01/2022.
[2] Velasco Carretero, Manuel. La tregua. 2006. Sitio visitado el 19/01/2022.
[3] Velasco Carretero, Manuel. ¿Prohibir las propinas? 2021. Sitio visitado el 19/01/2022.
[4] En las cinco cafeterías que gestiona en Asturias, que cuentan con unos 110 trabajadores. Según los hechos probados por la sentencia del Tribunal Superior asturiano, la empresa gestiona cinco establecimientos de restauración colectiva en Asturias (la mayoría cafeterías de hospitales) y, tras examinar los resultados de una auditoría interna (septiembre y octubre de 2018), acordó proscribir los “botes” para propinas. El 5 de noviembre de 2018 comunicó a diversos miembros de su plantilla que ya no era posible admitir propinas, además de otras muchas medidas.
[5] La Sala estima un recurso de CC.OO. contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y declara el derecho de las personas afectadas por el conflicto colectivo a continuar recibiendo propinas por parte de la clientela, sin excluir a quienes están laboralmente vinculados mediante relaciones de duración determinada (hasta ahora las propinas se repartían solo entre los trabajadores fijos pero no entre los temporales, lo que el Supremo destaca que es opuesto a las normas nacionales y de la UE, razón por la que lo extiende a todos).
[6] Para el Supremo, el TSJ asturiano “ha deducido del carácter extrasalarial y de la ontología libérrima de la propina la imposibilidad de que la misma constituya una condición de trabajo cuya alteración deba sujetarse a las reglas propias de tal figura”.
[7] Siempre incierta.
[8] The Economist, Do tips make for better service? 2022. Sitio visitado el 19/01/2022.