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En este fin de semana he estado actualizando el contenido de un curso presencial virtual que próximamente voy a impartir en la temática de compliance, cumplimiento normativo. Al llegar a los sistemas de imputación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, que edité en 2016, en el sitio Compliance, explícito texto “Inimputabilidad de algunas Personas Jurídicas”, cuando se inventarían cuatro categorías a efectos de imputación, las que operan con normalidad en el mercado, las que realizan actividades legales e ilegales, las meramente instrumentales para actividades ilegales y en las que se mimetizan la entidad del gestor con la persona jurídica en su intensa actividad ilegal (inimputables), me acordé de lo que recientemente le comentaba al director de formación de una institución educativa de ámbito nacional, sobre la clasificación que, desde hace un tiempo, realizo a las entidades privadas que se cruzan en mi camino y que se dedican a la enseñanza y a la formación, ya sea ésta presencial, on line, semipresencial o presencial virtual, en tres tipos: instituciones educativas, empresas de enseñanza o formación y otras hierbas viciadas, que no aromáticas.
Las primeras son aquellas instituciones que, aprovechando ahora los términos en torno a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, practican la economía sostenible, propiciando un ecosistema de respeto al medioambiente y a las futuras generaciones, desarrollándose en lo económico, social y ambiental en modo economía productiva, competitiva y sostenible, favoreciendo un servicio de enseñanza o de formación de excelencia, un empleo de calidad, la igualdad de oportunidades y la cohesión social. Luego están las empresas de formación, entidades que, cumpliendo y exprimiendo al máximo la normativa legal aplicable en cada momento y territorio, van a lo que van: obtener el máximo beneficio económico, importándole “tres pepinos” la calidad de la formación o la situación de sus colaboradores y colaboradoras y, ni mucho menos, el futuro de nuestras hijas e hijos. Pero si moralmente podrá ser censurable la actuación de algunas “empresas de formación”, todavía existe una clasificación peor: las otras hierbas fétidas, malolientes o nauseabundas, como prefieras. Estas últimas son lo peor de lo peor. Cuando no están extorsionando a los formadores, se dedican a dar un servicio de formación pésimo o articulando estructuras fraudulentas para saltarse el cumplimiento de los criterios de las ayudas y subvenciones, evadir impuestos…
Y aún hay más practicas de estas malas hierbas. En lo que a las técnicas de perjuicio a los colaboradores, se encuentran las típicas y, desgraciadamente, todavía usuales, como son los reintegros de emolumentos, ahora retrocesiones más sofisticadas pero igual de adulteradas: por ejemplo, presuntos cruces de facturaciones por cobro de inexistentes servicios. Pero si lo anterior “clamara al cielo”, también se apropian de los derechos de autoría de propuestas de trabajos, estudios, acciones formativas… (ejemplos: apropiarse de ideas de cursos, fusilar textos técnicos, decirte que van a incluir tu curriculum en tal o cual licitación, ayuda o subvención y luego, cuando la obtienen, no te tienen en cuenta en la ejecución…). Los perjudicados se encuentran totalmente desalmados y en la disyuntiva de promover una denuncia y el preceptivo largo y costoso proceso, enfrentándose a bufetes bien alimentados, o mirar hacia otro lado porque necesitan sus energías para seguir trayendo carne a casa. A veces, he catalogado inicialmente a una entidad como institución educativa, por su apariencia exterior, pero cuando he empezado a conocerla, he tenido que rectificar la calificación inicial. Cuando te cruces con una de esas hierbas malolientes, pon tus pies en polvorosa lo más pronto que puedas. Fuente de la imagen: Elstef en pixabay.