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Ciertamente, en la actualidad se identifican claramente los riesgos y oportunidades que el mundo de las redes ofrece a la ciudadanía, por lo que corresponde a los poderes públicos impulsar políticas que hagan efectivos los derechos de la ciudadanía en Internet promoviendo la igualdad de los ciudadanos y de los grupos en los que se integran para hacer posible el pleno ejercicio de los derechos fundamentales en la realidad digital. Por otro lado, la transformación digital de nuestra sociedad es una realidad en el desarrollo presente y futuro de España, tanto a nivel social como económico. En este contexto, recordar que países del entorno ya han aprobado normativa que refuerza los derechos digitales de la ciudadanía.
No sé si, como afirma el Legislador, los constituyentes de la carta magna de 1978 intuyeron el enorme impacto que los avances tecnológicos provocarían en la sociedad española y, en particular, en el disfrute de los derechos fundamentales, pero en lo que sí estoy de acuerdo es que una deseable futura reforma de la Constitución debería incluir entre sus prioridades la actualización de la Constitución española a la era digital y, específicamente, elevar a rango constitucional una nueva generación de derechos digitales. Fuente de la información: Boletín oficial de las Cortes Generales Españolas. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] INFORME DE LA PONENCIA 121/000013 Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. XII LEGISLATURA Serie A: PROYECTOS DE LEY 9 de octubre de 2018 Núm. 13-3.
[2] Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
[3] Ya en los años noventa, y conscientes del impacto que iba a producir Internet en nuestras vidas, los pioneros de la Red propusieron elaborar una Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano en Internet.