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Igualmente, respecto al penúltimo plan, pensaba que las pymes y las micropymes españolas deberían disponer de una normativa contable más sencilla o simple. En la llegada del nuevo plan, esta crítica se intensificó, recordando esta mañana a aquel alumno que en mayo de 2007 me retó a que hiciera una propuesta. Y es que no entendía muy bien por qué a una empresa pequeña se le exigiera contablemente lo mismo que a una gran empresa. Sí, llegaron los planes para pymes y micropymes, pero adaptaciones a todas luces insuficientes. Ése no era el espíritu de la normativa internacional que se pretendía incorporar, vociferaba a los cuatro vientos. En fin, que no me suena esto de la contabilidad a chino. Lo anterior te lo refiero porque el nueve de febrero de este año, asistí a una ponencia, impartida por Francisco Jiménez Vargas-Machuca, sobre fiscalidad de los letrados en España. Durante cuatro horas, el ponente[3], departió sobre los aspectos fiscales y mercantiles que directamente afectan a la profesión de abogado en mi país[4].
Imaginarás que todo me sonaba, si bien siempre es bueno repasar la información[5]. En síntesis, una apacible sesión formativa impartida magistralmente por un experto en esas lides[6]. Sin embargo, como dice el otro, “cada nuevo día puede aprenderse algo nuevo”. Por ejemplo, me gustó la sencilla, pero profunda, técnica que utilizó Curro para explicar los motivos de cargo y de abono. Para registrar las partidas del “Debe” caben realizarse estas tres preguntas: ¿Entra algo? ¿me debe alguien? ¿Hay gasto? En cuanto al “Haber”: ¿Sale algo? ¿Debo a alguien? ¿Hay ingreso? Otra cosa que me gustó fue la referencia a Pacioli, precursor de la contabilidad moderna y de lo que se llama “partida doble”[7]. Finalmente, respecto a la teneduría de cuentas de los abogados, el letrado enumeró los registros de ingresos y gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y suplidos, documentos que actualmente pueden gestionarse en una sencilla hoja de cálculo[8]. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Normativa más sencilla. 2015. Sitio visitado el 17/02/2017.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Son buena prueba de ello, textos como “Un poco de Historia”, “Qué piensa la profesión contable sobre la reforma”, “Necesidad de un instrumento de gestión”, “La igualdad de sexo en las Cuentas Anuales”, “Encaje de las NIC/NIIF en el futuro PGC”, “Nuevo Plan General de Contabilidad Español”, “Reglas para una eficaz transición contable”, “Excepciones”, “Combinaciones de negocios”, “Primeras cuentas Anuales”, “Adaptaciones Sectoriales”, “Plan de Contabilidad para Pymes”, “Peliaguda cuestión”, “Programa de formación”. 2007. Sitio Práctica Contable. Visitados el 17/02/2017.
[3] Al que le gusta que se le llame "Curro Jiménez".
[4] Desde las preceptivas altas en la Agencia Tributaria, las obligaciones fiscales, hasta los libros registros.
[5] Sobre todo los modelos de Montoro: 037, 300, 130, 110… ¡Ah! ¡La caja euros nunca debe tener saldo negativo!
[6] Oriundo de Alcalá de los Gazules.
[7] Debe, haber, activo, pasivo…
[8] Contabilidad del abogado que considero más bien “partida simple” que doble.