Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Ya en casa, leí noticias como que un colegio en Palma, abrió sus puertas con cerca de cuarenta minutos de retraso respecto a la hora que estaba prevista la apertura, debido a la ausencia del presidente de una de las mesas, al que previsiblemente se le abrirá un expediente y se le sancionará dependiendo de la explicación que ofrezca para justificar por qué no acudió al centro (Europa Press). Por su parte, en un colegio electoral de Zaragoza, se completó la mesa con la primera persona que acudió a votar, por falta de titulares o suplentes para constituir la mesa electoral, ya que la ley establece que ante la ausencia de los titulares y los suplentes la primera persona que acude a votar debe formar parte de la mesa para que ésta se pueda constituir.
Te transcribo el último párrafo de la citación que recibí por correo certificado: “En el supuesto de que deje de concurrir a desempeñar sus funciones, las abandone sin causa legítima o incumpla sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso que impone la ley Orgánica de Régimen Electoral General, incurrirá en la pena de arresto de siete a quince fines de semanas y multa de dos a diez meses”. Según el Mercantil Valenciano, parece que en esta comunidad las principales alegaciones son depresión y Beca Erasmus (imagen de votaciones; fuente: Wikimedia Commons).