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Fuente de la imagen: mvc archivo propio |
Después de que mi peluquero me cortara el pelo al uno, me ha preguntado un amigo: “¿Cómo llevas el juicio?” ¿Juicio? le replico. “Sí, hombre, el del 11M, como te pareces al malagueño Bermúdez, presidente de la sala, con ese rapado que te han hecho”. No, por favor, quiero seguir pareciéndome a Clooney
[1]. Bueno, vamos a algo serio. Esta mañana me he desayunado la noticia del presidente de Extremadura, acerca de recurrir el estatuto de Andalucía, por el tema de las competencias del agua del Guadalquivir. Sr. Ibarra, sólo me he leído una vez el documento y aunque tengo que digerirlo varias veces más (M. Velasco, 2007)
[2],
sugiero la lectura pausada del artículo 51[3], que le transcribo a continuación (
la negrita es mía)
[4]:
“Artículo 51. Cuenca Hidrográfica del Guadalquivir. La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22ª de la Constitución”[5]. Finalmente, junto con el presidente de Andalucía, compañero de partido y, supongo, amigo, podrían haber resuelto esos presuntos dimes y diretes en el ámbito del diálogo político y en tiempo y forma[4]. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] o, al menos, tener esa ilusión
[3] Actualización: Nota del 11/04/2011: Se declara la inconstitucionalidad y nulidad por Sentencia del TC 30/2011, de 16 de marzo. Ref. BOE-A-2011-6545. Sitio visitado el 11/04/2011. [4] A buen entendedor…
[5] Otro sí digo: Sí, y digo yo, si el estatuto ha sido aprobado por mayoría absoluta en el congreso de los diputados, votando afirmativamente todos los diputados provenientes de Extremadura, ¿? Que no, que no, que cada vez sé menos y entiendo menos. Buenas tardes.