viernes, 9 de enero de 2026

La Carta Magna de los Impuestos

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
El conjunto de normas que rigen la relación entre la ciudadanía española y la Administración Pública, especialmente en lo relativo a los impuestos, se vertebra alrededor de la Ley General Tributaria (M. Velasco, 2024)[1], considerada el eje central del sistema fiscal e impulsada por la necesidad de adaptar el ordenamiento tributario a los principios de la Constitución Española de 1978 y de modernizar los procedimientos ante la dispersión normativa y el avance tecnológico, estableciendo tanto los derechos como las obligaciones de todas las personas en materia fiscal. Y es que para las personas que habitan mi país, es necesario saber que tienen derechos explícitos, que incluyen el ser tratado con el debido respeto y consideración por el personal de la Administración Pública (AP), a conocer el estado de los procedimientos en los que participa y a presentar quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de los servicios. Además, la AP debe prestar la necesaria información y asistencia. Una de las formas más importantes en que se brinda este auxilio es a través de las consultas tributarias escritas, que pueden ser formuladas por cualquier persona obligada o por organizaciones representativas y cuya contestación es vinculante para la AP, siempre y cuando la situación de la persona consultante sea idéntica al supuesto planteado. En contraposición a estos derechos, recaen deberes como, en su caso, el de llevar registros y contabilidad y proporcionar a la AP toda clase de datos, informes y antecedentes con trascendencia tributaria, derivados de sus relaciones económicas o profesionales. Para garantizar el cumplimiento de las normas, la AP tiene amplias facultades de comprobación e investigación. 

Cuando se inician procedimientos, se aplican normas comunes en materias como la prueba, las notificaciones y las medidas cautelares. Por ejemplo, si se requiere examinar la contabilidad de una empresaria en su domicilio, local o despacho, la actuación deberá realizarse en presencia de la persona o de alguien que designe. Si la AP necesita entrar en el domicilio de las personas obligadas para realizar una comprobación, esto requiere una autorización judicial. Es importante notar que las notificaciones, que son un punto necesario para la validez de los procedimientos, pueden realizarse mediante medios electrónicos e informáticos, potenciándose, también, la publicación en Internet para reforzar su efectividad. En cuanto a la modernización del sistema tributario, el legislador ha puesto un énfasis especial en la lucha contra el fraude sofisticado mediante la digitalización, reforzándose la obligación para productoras, comercializadoras y usuarias de sistemas informáticos de facturación (utilizados por profesionales y empresarias) para garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, lo que significa que los sistemas deben evitar la manipulación o alteración de los datos contables y de facturación. Por ejemplo: Si una panadería emite una factura digital a través de su sistema informático y luego se da cuenta de que el importe era incorrecto, el sistema debe asegurarse de que la corrección se haga mediante un registro adicional de anulación, dejando el registro original de la factura errónea inalterable para que la Administración pueda seguir la trazabilidad completa de la operación. 

Algunos sistemas que cumplen con estas especificaciones se denominan "VERI*FACTU", y la factura podrá incorporar un código QR, que permita incluso a la persona que recibe la factura verificar de forma voluntaria la información ante la Administración Tributaria. Cuando surgen desacuerdos, la normativa de aplicación ofrece mecanismos de resolución y revisión administrativa. En el ámbito de la inspección, se ha introducido la figura de las "actas con acuerdo" como un instrumento para reducir la conflictividad. Este mecanismo permite a la persona inspeccionada llegar a un pacto con la AP sobre la regularización de su situación en casos de especial dificultad[2]. La ventaja es que, si se acepta el acuerdo, se aplica una reducción sobre la posible sanción, si la hubiera, aunque a cambio no se puede impugnar esa liquidación ni la sanción en vía administrativa. Si el conflicto persiste o si la persona opta por impugnar un acto administrativo[3], puede recurrir ante la propia AP[4] o interponer una reclamación económico-administrativa ante tribunales especializados. Por ejemplo, las reclamaciones de cuantía más baja se tramitan por un procedimiento abreviado, lo que busca agilizar su resolución. Finalmente, el marco legal se extiende a la cooperación internacional. La Administración tributaria española puede requerir y prestar asistencia mutua, que incluye el intercambio de información y la recaudación de deudas a favor de otros Estados o entidades internacionales. Este esquema global de colaboración garantiza que el sistema tributario, además de adaptarse a la tecnología, mantenga su eficacia en un mundo cada vez más interconectado.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). Análisis Estructurado Ley General Tributaria Española. Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 9/1/2026.
[2] Como la valoración de bienes.
[3] Como una liquidación.
[4] Recurso de reposición.