viernes, 16 de agosto de 2024

En ocasiones, leo condenas por incendios forestales

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Comenta Paco que ve en la tele las imágenes del incendio en Almuñécar (La Sexta, TVE)[1] y le da la impresión de que presuntamente ha sido provocado “a todas luces”, preguntándome si los cuerpos policiales españoles capturan alguna vez a estos delincuentes y si, llegado el caso, se les condena. Le comento que no como le gustaría a la sociedad, pero hay situaciones en las que se descubre al malhechor y se le castiga. Por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (STSJ_CM) 43/2024[2], pena por un delito de incendio, conforme al artículo 351 del Código Penal, decisión que se enmarca en un proceso correctivo complejo, que aborda cuestiones fundamentales sobre la valoración de pruebas, la responsabilidad civil y el derecho a la presunción de inocencia. El imputado fue condenado por la Audiencia Provincial de Guadalajara (APG) a quince años y un día de prisión, además de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena[3]. El recurso de apelación desestimado se articuló en dos motivos principales. El primero se centró en un supuesto "error en la valoración de la prueba", alegando que no existía prueba directa que vinculara al imputado con los incendios, ya que nadie lo vio prender fuego. El apelante argumentó que su presencia en las inmediaciones de los incendios no era suficiente para establecer su culpabilidad. Además, se mencionó la falta de pruebas relevantes, como el análisis de restos en una botella hallada en el lugar del incendio. El segundo motivo se refería a la "apreciación de la prueba en cuanto a la responsabilidad civil impuesta en sentencia".

A pesar de que los motivos no se sustentaron en preceptos procesales específicos, la Sala decidió examinar el recurso, reconociendo la voluntad impugnativa del apelante y la necesidad de revisar la sentencia conforme a los tratados internacionales que forman parte del ordenamiento jurídico español. El dictamen del Tribunal Supremo estableció que, en materia de responsabilidad civil, es fundamental que el tribunal explique las razones detrás de la indemnización y que esta no supere lo solicitado por las partes. En este caso, se destacó la importancia de la motivación judicial, que no requiere ser exhaustiva, pero sí suficiente para entender la decisión. Además, se enfatizó la necesidad de que el órgano judicial precise los indicios que sustentan la autoría del acusado, permitiendo así que cualquier tribunal posterior pueda verificar la lógica y coherencia del juicio. La resolución también subraya que la inferencia debe ser razonable y no arbitraria, lo que implica que debe existir un vínculo claro entre los hechos probados y la conclusión alcanzada. Esta sentencia pone de relieve la complejidad de los procesos penales y la importancia de la correcta valoración de las pruebas. La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha no solo aborda la culpabilidad del acusado, sino que también resalta la necesidad de proteger el derecho a la presunción de inocencia. Este caso sirve como un recordatorio de que, en el ámbito judicial, la carga de la prueba recae en la acusación y que las decisiones deben estar fundamentadas en pruebas sólidas y razonables.

Otro caso es la Sentencia de la Audiencia Provincial de León (SAP_LE) 182/2024[4], en relación con delitos de incendio forestal. El tema suscitó interés por las implicaciones legales y medioambientales que conllevaba, originándose en un incidente de fuego de monte que tuvo lugar en la finca del acusado y un familiar. Según los informes de los agentes medioambientales, el fuego se inició en la propiedad, donde se encontraron restos de quema reciente de hojarasca y ramas. La evidencia presentada incluyó huellas de zapatillas coincidentes con las del acusado y un guante ennegrecido encontrado en el lugar, lo que llevó al juzgador de instancia a considerar al acusado como el autor del delito de incendio forestal cometido por imprudencia grave. El Juzgado de lo Penal condenó al acusado a seis meses de prisión y a una multa de 1.080 euros, además de una indemnización de 19.136,40 euros a la Junta de Castilla y León por los gastos de extinción del fuego y 1.037 euros a un particular por los daños causados en su propiedad. Tras la condena, el acusado interpuso un recurso de apelación, argumentando que no se había acreditado su responsabilidad en la quema de ramas y hojas en su propiedad, y que existieron dos incendios diferentes. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestimó el recurso, reafirmando la valoración probatoria realizada por el juzgador de instancia. La Sala destacó que la apreciación de las pruebas es competencia del juez de primera instancia, quien tiene la ventaja de la inmediación y la capacidad de evaluar la credibilidad de los testimonios en el contexto del juicio.

La resolución de la Audiencia Provincial de León (AP_LE) se fundamentó en la doctrina jurisprudencial que otorga gran autoridad a la valoración de pruebas realizada por el juez de instancia. Según los artículos 741 y 793 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez tiene la facultad de apreciar las pruebas en conciencia, siempre que su valoración esté debidamente motivada. La AP subrayó que la presunción de inocencia del acusado no se vulnera si la valoración probatoria es razonada y se basa en evidencias concretas. Además, se enfatizó que la dificultad de creer que un tercero ajeno a la finca iniciara el fuego refuerza la conclusión de que el acusado es responsable, considerando la Sala que los indicios presentados, como las huellas y el guante, son suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia y confirmar la culpabilidad del apelante. La resolución resaltó la importancia de la valoración de pruebas en el proceso penal, especialmente en delitos que afectan al medio ambiente. La decisión de la AP_LE no solo reafirmó la condena del acusado, sino que también subrayó la necesidad de una adecuada gestión y cuidado del entorno natural, así como la importancia de la justicia en la protección de los recursos ambientales. En conclusión, al desestimar el recurso de apelación, la SAP_LE reafirmó el compromiso del sistema judicial con la protección del medio ambiente y la aplicación de la ley en casos de imprudencia grave. Fuente de la información: sentencias referenciadas. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Sitios visitados el 16/05/2024.
[2] Sentencia 43/2024 Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Roj: STSJ CLM 1213/2024 - ECLI:ES:TSJCLM:2024:1213 Id Cendoj: 02003310012024100043. 16/05/2024.
[3] La sentencia también le impuso la obligación de indemnizar a la Junta de Compensación de la Urbanización con 2.145,15 euros, más intereses legales y un tercio de las costas.
[4] Sentencia 182/2024 Audiencia Provincial de León. Roj: SAP LE 750/2024 - ECLI:ES:APLE:2024:750. Id Cendoj: 24089370032024100181. 29/04/2024.