Fuente de la imagen: mvc archivo propio, insertada en el texto Corrupción en Marbella (M. Velasco, 2006) |
Según el CUE, cuando finalmente se adopte esta normativa, alinearán las medidas para combatir la corrupción en los sectores público y privado, lo que debe propiciar más eficacia en la lucha contra la corrupción. Igualmente, todos los países de la UE estarán obligados a penalizar los mismos actos de corrupción y definirlos de la misma manera[4]. Los delitos soborno[5], apropiación indebida, tráfico de influencias, obstrucción a la justicia y enriquecimiento por delitos de corrupción, serán castigados como delitos penales en toda la UE, debiendo establecer los Estados miembros sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias para sancionar estos delitos[6]. El CUE acordó que los Estados miembros deben tomar medidas para aumentar la conciencia pública sobre los daños de la corrupción y garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en las administraciones públicas con el fin de prevenir la corrupción[7]. Fuente de la información: CUE. Fuente de la imagen: mvc archivo propio.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). Nuevas normas europeas sobre corrupción. Sitio Prevención del Blanqueo. Visitado el 18/06/2024.
[2] Directiva sobre la lucha contra la corrupción (orientación general), 24 de mayo de 2024. Sitio visitado el 18/06/2024.
[3] Los delitos que pasen a ser ilegales según la legislación de la UE se castigarán con una pena máxima de prisión de al menos dos a cuatro años, según el delito. Las personas condenadas por delitos de corrupción pueden incurrir en penas adicionales como multas, destitución de cargos públicos, inhabilitación para ejercer cargos públicos o ejercer una función de servicio público, retirada de permisos y exclusión del acceso a procedimientos de licitación y fondos públicos.
[4] Las personas jurídicas (es decir, las empresas) también se enfrentarán a sanciones en forma de multas que oscilarán entre al menos el 3% y el 5% de su volumen de negocios total a nivel mundial o al menos 24 o 40 millones de euros, según el delito.
[5] En los sectores público y privado.
[6] Los Estados miembros tienen jurisdicción sobre los delitos cometidos dentro de su territorio, cuando el delincuente es un nacional. Además, los Estados miembros podrán decidir ampliar su jurisdicción a actos cometidos fuera de su territorio, cuando el delincuente sea un residente habitual en su territorio, el delito se cometa contra uno de sus nacionales o sus residentes habituales, el delito se cometa en beneficio de una persona jurídica establecida en su territorio o el delito se comete en beneficio de una persona jurídica respecto de cualquier negocio realizado total o parcialmente en su territorio.
[7] Los 27 deben asegurarse de crear órganos que se encarguen de la prevención y represión de la corrupción. Estos órganos (o unidades) deben poder funcionar sin interferencias indebidas y deben estar equipados con un número adecuado de personal cualificado y recursos financieros.