jueves, 13 de octubre de 2022

A pesar del rodillo

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Aprovechándome de las ideas claves de la disciplina Derecho Administrativo, en "La hidra de Lerna[1] apuntaba que los procedimientos administrativos (PA) surgen como reacción natural del Estado liberal de Derecho ante el fenómeno de asunción de potestades autoritarias por la AP, porque no hay que olvidar que el procedimiento es supuestamente una garantía para el administrado. Lógicamente, el crecimiento orgánico que la AP experimenta exige someter su actuación a cauces procedimentales necesarios, como es propio de las grandes organizaciones, con loables objetivos como el de la racionalización del funcionamiento, donde la “procedimentalización” surge ad intra como requisito de buen orden interno, intentando evitar ineficiencias y deseconomías a la vez y permitiendo a terceros prever sus comportamientos y resultados de su actividad (seguridad jurídica).

Probablemente coincidas conmigo que esa reflexión está muy bien siempre que "no se pierda el norte" de la eficacia, transparencia y calidad del servicio y se elimine la presión de la burocracia funcionarial, a la que el procedimiento otorga comodidad, seguridad y garantiza esferas de influencia, porque esas rutinas que el ordenamiento jurídico posibilita con el pretendido fin de eliminar tensiones inventivas en la actuación del funcionariado, desgraciadamente propicia improductividad en algunos de sus componentes (cuando no prevaricación, fraude...) que se aprovechan de esa comodidad y seguridad frente al ciudadano, convirtiendo su puesto, departamento, sección, división o, incluso, tarea, en "reinos de Taifas" inexpugnables en el corto plazo. Y luego está el rodillo que en muchos casos supone el PA, junto al tortuoso recorrido del contencioso-administrativo, invitando  a la ciudadanía a "tirar la toalla".

Me acordé de todo lo anterior en la tarde del miércoles, mientras “hojeaba” la última Memoria de los Tribunales Económico-Administrativos de mi país[2], donde se da cuenta de la actividad desarrollada por el conjunto de los Tribunales Económico-Administrativos (TEA) en el ejercicio de 2020 y, con mayor detalle, en sus Anexos se aportan jugosos datos específicos de la gestión en cada uno de los TEA. Escriben F. Serrato e I. Acosta en The Objective, noticia "Hacienda pierde en los tribunales la mitad de las reclamaciones que hacen los contribuyentes"[3], que mientras la inspección llega “a cobrar un bonus de hasta 30.000 euros al año aunque sus actas fracasen”, Hacienda “pierde la mitad de los juicios con los contribuyentes”. Muy gráfica la comparación: “como si un juez ganara más dinero cuanto más gente meta en la cárcel”, con independencia de que fueran culpables o inocentes.

Coincido con el letrado R. Gutiérrez[4], referenciado en el artículo, en el sentido que “la mayoría de los afectados nunca recurren el expediente, bien porque las sanciones económicas no son muy duras y «prefieren pagar y no meterse en líos», bien porque los procesos se dilatan”, demorándose las resoluciones “hasta tres años”. A pesar de este "rodillo", en el año 2020 se ha producido un aumento en el número de reclamaciones presentadas, hasta un total de 189.358, lo que supone un incremento del 4,67% con respecto a las presentadas en 2019, siendo mayor número de reclamaciones interpuestas en los Tribunales Económico-Administrativos Regionales de Andalucía, Cataluña, Galicia, Madrid y Valencia[5]. Fuente de la información: Memoria de TEA y artículo de The Objective. Fuente de la imagen. mvc archivo propio.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. La hidra de Lerna. 2014. Sitio visitado el 13/10/2022.
[2] Memoria 2020 Tribunales Económico-Administrativos. Centro de Pulicaciones del ministerio de Hacienda y Función Pública. 2021. Sitio visitado el 13/10/2022
[3] Serrato, Fran. Acosta, Isabel. Hacienda pierde en los tribunales la mitad de las reclamaciones que hacen los contribuyentes. TheObjective. 2022. Sitio visitado el 13/10/2022.
[4] Gutiérrez, Roberto. Abogado de IST Consultores.
[5] En correspondencia con la situación del tejido social, industrial y económico de las referidas Comunidades Autónomas, significando el 65,97% de la entrada de reclamaciones y el 65,18% de las reclamaciones resueltas en el año 2020.