viernes, 13 de agosto de 2021

Aceleración expedición certificado última voluntad

Fuente de la iamgen: Kalhh en pixabay
Entiende el Ministerio de Justicia de mi país (MJ) el certificado de Actos de Última Voluntad, como el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento o testamentos y ante qué fedatarios públicos, de forma que los herederos puedan dirigirse al Notario autorizante del último testamento y obtener una copia (autorizada) del mismo, documento que se precisa para la realización de cualquier acto sucesorio. En el Registro de Actos de Última Voluntad del MJ se inscriben todos los testamentos que se formalizan ante notario en España, lo que permite garantizar el conocimiento de la existencia de los mismos cuando los testadores han fallecido o en vida de los mismos (si lo solicita el propio otorgante)[1].

La importancia de estos documentos estriba en que constituyen la forma de acreditar si una persona concreta ha otorgado un testamento o varios y ante qué notario o notarios lo ha hecho. El plazo que la Administración tiene para la expedición es de 10 días hábiles desde su presentación[2] o recepción[3]. También, se puede solicitar el Certificado de Actos de Última Voluntad por vía electrónica completando el formulario al que se accede desde la página web de MJ. La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. Pues bien, parece ser que el MJ pretende acelerar la expedición automática de certificados de últimas voluntades[4]

Consecuencia de las mejoras realizadas en la aplicación informática del Registro de Actos de Última Voluntad desde principios de 2021, la emisión síncrona-automática se produce siempre que se pueda garantizar que, según los datos que constan en el Registro, se identifica de forma inequívoca al causante, sin que exista coincidencia relevante con los datos de otros posibles candidatos. En caso contrario, la solicitud debe ser analizada por el personal del Registro que expide el certificado pertinente, remitiendo un aviso electrónico al ciudadano cuando ya se encuentra disponible. Fuente de la información: MJ. Fuente de la imagen: Kalhh en pixabay.
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[1] Los certificados de últimas voluntades son expedidos con los datos que constan en el Registro.
[2] Los solicitados de manera presencial.
[3] Los solicitados vía correo.
[4] En concreto, se han resuelto, a través de la sede electrónica, la mitad de las más de 15.000 solicitudes recibidas en julio de forma síncrona y automática.