viernes, 3 de enero de 2020

Bicheando la lucha contra la corrupción en mi país

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Parte de la tarde del jueves la pasé “bicheando” el repositorio de datos sobre procedimientos por corrupción del Consejo General del Poder Judicial de España (CGPJ), que ya difundí en el Sitio Compliance y donde se extrae información tal como que el 75 por ciento de las sentencias por corrupción dictadas por juzgados y tribunales de mi país en el tercer trimestre de 2019 fueron condenatorias. Apunta el CGPJ que esos datos se refieren a la denominada corrupción pública[1].

Los jueces abrieron juicio oral o procesaron a 20 personas físicas y nueve personas jurídicas. Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, los órganos judiciales concluyeron seis procedimientos por este tipo de hechos[2]. El repositorio[3] permite a la ciudadanía española conocer la acción de la Justicia en el marco global de la lucha contra la corrupción a través de sus principales indicadores[4], que se actualizan de forma trimestral. 

Los procedimientos judiciales cuyos datos se reflejan en el repositorio, tienen como sujetos activos a funcionarios públicos, gobernantes y políticos en el ejercicio de sus cargos, y como uno de los elementos del tipo, la afectación de dinero público, abarcando así tanto la corrupción administrativa como la corrupción política[5]. Fuente de la información: CGPJ; fuente de la imagen: mvc archivo propio. 
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[1] Entendiendo que es ésta la que más altos índices de preocupación causa en la ciudadanía. 
[2] Si quieres acceder al repositorio, clickea AQUÍ
[3] Fue presentado el 12/01/2017. 
[4] Personas acusadas y/o procesadas, procedimientos, sentencias dictadas… 
[5] Estos fenómenos se recogen en el Código Penal como delitos de prevaricación urbanística (artículos 320 y 322), prevaricación administrativa (art. 404, 405 y 408), infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (art. 413, 414, 415, 416, 417 y 418), cohecho (art. 419, 420, 421 y 422), tráfico de influencias (art. 428, 429 y 430), malversación (art. 432, 433, 434 y 435), fraudes y exacciones ilegales (art. 436, 437 y 438), negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (art. 439, 441, 442 y 443) y corrupción en las transacciones comerciales internacionales (artículo 286 ter).