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Informa el Ministerio que este proyecto establece los criterios sobre los conocimientos y aptitudes que deben tener los distribuidores de seguros y reaseguros y su personal relevante, así como sobre el modo en que dichos conocimientos y aptitudes deben ser evaluados. Parece que el objetivo de la norma es promover un entorno de igualdad en las condiciones de competencia entre los distribuidores de seguros que garantice los conocimientos adecuados para el desarrollo de la actividad, así como establecer los diferentes niveles de conocimiento en base a las funciones a desarrollar. Con esa finalidad se establecen tres niveles. En el nivel 1 se incluyen los responsables de la actividad de distribución de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, corredores de seguros y operadores de banca-seguros[6]. El nivel 2 está integrado por los agentes de seguros, empleados de las entidades aseguradoras, mediadores de seguros y operadores de banca seguros que realicen labores de asesoramiento sobre productos de seguros o reaseguros[7]. En el nivel 3 se encuadran los mismos perfiles profesionales, si bien únicamente podrán realizar labores de información[8]. Asimismo, el Real Decreto fija un sistema de formación continua, establece los requisitos para la organización, evaluación y certificación de las aptitudes, incorpora un sistema de conocimientos previos que permite modular los contenidos que ha de cursar una persona y concreta la forma de acreditar los requisitos de información requeridos[9].
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[1] Textos como "Protección al asegurado con normas europeas", "De supervisores financieros va la cosa" o "Ellos se lo guisan y ellos se lo comen", son prueba de ello. Sitios visitados el 02/08/2018.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Distribución de Seguros y Reaseguros. 2018. Sitio visitado el 02/08/2018.
[3] Con el que se transpone la Directiva 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016.
[4] Ministerio de Economía y Empresa del Gobierno de España.
[5] La recepción de comentarios al proyecto de Real Decreto estará abierta hasta el próximo 25 de septiembre. Si quieres acceder al borrador, clickea AQUÍ. Si quieres participar en la consulta pública, clickea AQUÍ. Sitios visitados el 02/08/2018.
[6] Que deberán acreditar la realización de un curso de formación de al menos 300 horas lectivas.
[7] Se exigirán 200 horas lectivas.
[8] Para lo cual deberán acreditar una formación de al menos 150 horas.
[9] Parte de este texto también se ha editado en el sitio Formación para el Empleo, bajo el titulo “Formación en seguros y reaseguros”.