Con D. Miguel Ángel García, Letrado del Turno de Oficio del Colegio de Abogados de Málaga (España) |
Si eres follower de este sitio, por el texto “Turno de oficio”[1], sabes que el conocimiento de la justicia gratuita en mi país lo estudié por primera vez en el marco de las disciplinas Derecho Procesal I, con Tomás Aliste Santos, y II, con Eduardo Urbano Castrillo, y en Derecho Privado Internacional, de la mano de María del Ángel Iglesias. El artículo 119 de La Constitución Española (CE) establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. El contenido del derecho a la asistencia jurídica gratuita está determinado por la Ley 1/1996, en cumplimiento del mandato constitucional desarrollado por la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Justicia Gratuita en España, ese inadecuadamente llamado "turno de oficio" por el pueblo llano, se administra de forma diferente en función de la legislación aplicable en cada comunidad autónoma.
Igualmente, no hace mucho, en “Esos espíritus celestes de la Justicia”[2], te referenciaba la ponencia a la que asistí, impartida por Guillermo Jiménez Gámez, Diputado de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Málaga (España) y Presidente de la Comisión del Turno de Oficio. Te trasladaba que no es lo mismo turno de oficio que justicia gratuita, puesto que, además de proveer apoyo jurídico, ya sea en la procuraduría o en la abogacía, a aquellas personas que no dispongan de recursos económicos, también cubre las situaciones de defensa de aquellas otras personas implicadas en procesos jurídicos y que no hayan designado abogado, de forma que el profesional atienda el derecho constitucional de asistencia y defensa letrada en lo que al procedimiento penal se refiere y con independencia de la capacidad económica de ese ciudadano o ciudadana.
Te cuento lo anterior porque, en el marco de unas prácticas de un máster jurídico[3], el día de ayer lo pasé en la Ciudad de la Justicia de Málaga, colaborando en el servicio de guardia, bajo la supervisión del letrado Miguel Ángel García[4], del Turno de Oficio, que con mucha pedagogía[5], me fue explicando los pormenores procesales e invitando a participar en todos los aspectos de los distintos procedimientos, desde las entrevistas con las partes, hasta las vistas con Sus Señorías, pasando por las sesiones con la fiscalía, las reuniones con allegados y familiares o la cordial relación con la plantilla funcionarial del Juzgado de Instrucción y miembros de los distintos cuerpos de seguridad del estado español y locales. A todos mi agradecimiento. Durante la interesante, pero dura y agotadora, jornada de trabajo, constaté in situ la trascendental labor de esos “espíritus celestes de la justicia”.
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[1] Velasco carretero, Manuel, Turno de oficio. 2013. Sitio visitado el 09/06/2017.
[2] Velasco carretero, Manuel, Esos espíritus celestes de la Justicia. 2013. Sitio visitado el 09/06/2017.
[3] Y coordinado desde el Colegio de Abogados de Málaga (España).
[4] Te dejo en el encabezado una foto con Miguel Ángel.
[5] Y también paciencia.