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La ISO 37001 indica las prestaciones cuya oferta, suministro o aceptación constituyen un delito de soborno o podrían constituirlo y pide a las organizaciones que establezcan procedimientos para prevenirlas; entre estas se encuentran regalos, entretenimiento y hospitalidad; donaciones políticas o de caridad; viajes públicos oficiales; gastos de promoción; patrocinio; formación; membresías a clubes y favores personales. Este sistema de gestión antisoborno será aplicable a todo tipo de organizaciones y especifica los procedimientos para gestionarlo de una manera proporcional y razonable dentro de las empresas; entre otros requisitos, la ISO 37001 establece: una política antisoborno y sus procedimientos; el liderazgo de la alta dirección, así como compromiso y responsabilidad; la designación de una persona que vele por el cumplimiento del modelo de compliance establecido; formación del personal; evaluación del riesgo de soborno y la realización de procesos de debida diligencia para proyectos y socios del negocio; controles, financieros, comerciales, contractuales y de adquisiciones; procedimientos de información e investigación; acciones correctivas y mejora continua.
La norma será certificable por tercera parte independiente, un modo de asegurar que se aplica eficazmente. La ISO 37001, de carácter voluntario, está dirigida a organizaciones de todos los tamaños y sectores de actividad, tanto públicas como privadas. Neill Stanbury, Presidente del comité de proyecto ISO/PC 278, afirma que la norma ISO 37001 ha sido desarrollada para asegurar su uso en organizaciones de todos los tamaños, sin importar el tipo de negocio al que se dediquen. “El grado de riesgo de soborno que puede afrontar una organización varía de acuerdo a factores como el tamaño, los países y sectores en los que opera, así como la naturaleza, escala y complejidad de las operaciones de dicha organización. Por tanto, la norma ISO 37001 especifica la aplicación por parte de la organización de políticas razonables y proporcionadas, así como los procedimientos y controles”. Así que, supongo, que los corruptos deberán poner sus barbar a remojar ¿No?[4] (Fuente de la imagen: pixabay).
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Sistemas de gestión contra el soborno. 2016. Sitio visitado el 19/10/2016.
[2] Albons, Biel Huguet. Pronto habrá una norma ISO contra el soborno. Cinco Días. 2016. Sitio visitado el 19/10/2016.
[3] Comenzó a elaborarse en 2014 y en su desarrollo han participado expertos de 37 países y ha contado con el seguimiento de otros 22 países que han actuado en calidad de observadores. Expertos españoles, a través de AENOR.