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Por la temática y el docente, tenía ganas de asistir a la primera clase de la disciplina Deontología Jurídica, impartida por Tomás Aliste (en ¿Justicia sin verdad?[1] te referencié un artículo suyo), jurista que ya me explicó hace unos cuatrimestres todo el temario de Derecho procesal I. Durante una hora y media nos adentró en el complejo tema de la relación entre moral y derecho.
Para Tomás, cualquier intento de construcción de una moral o un derecho de espaldas al factor humano, inevitablemente supone la deshumanización de dichos sistemas normativos en sus respectivos órdenes. Enumera algunas notas fundamentales que ayudan a entender dicha humanidad, diferenciándonos del resto de animales, como la racionalidad, que permite la conciencia moral, la acción y la decisión; otras pueden ser la cultura, la sociabilidad…
En conclusión, el ser humano vislumbra, como fisonomía congénita y diferenciadora de otros seres, una serie de semblantes característicos que resolutamente pueden delimitarse con tres vocablos: pensar, sentir y actuar. Según Aliste, sin dichos rasgos distintivos de otras especies, no podría existir la libertad que “pre-condiciona” ineludiblemente la práctica de la acción moral.
Te dejo el siguiente vídeo, subido a Youtube por Canal de Arturoramo, que brevemente reflexiona sobre las normas jurídicas y las normas morales como dos ámbitos distinguibles pero no radicalmente separables (Fuente de la imagen: Clker-Free-Vector-Images en pixabay).