martes, 18 de diciembre de 2007

Que la suerte te acompañe

Fuente de la imagen: Skitterphoto en pixabay
El otro día, en mitad de la calle Larios (Málaga, España), mientras me leían la palma de la mano, me dijo un gitana salerosa, que me iba a tocar la lotería. Después, caí en la cuenta que le tenía que haber preguntado ¿cuándo? En fin, al menos el consuelo que estos premios no tributan en IRPF (sí en el Impuesto del Patrimonio)[1]

Pero cuidadín, si le toca a una empresa y me regala una participación, podría verse obligada a tributar a Hacienda el Impuesto de Sociedades, por tratarse de un ingreso excepcional (leído en la pág. 16 de Negocio de 17/12/07). El peligro parece que está en las participaciones, ya que si toca y uno va y cobra todo el premio y luego lo reparte entre el resto, la Administración Tributaria puede considerarlo como donación y, por lo tanto, sujeta a dicho impuesto. 

Para evitar esta desagradable sorpresa, se le dice a la entidad financiera que ingrese en la cuenta de cada agraciado su participación correspondiente y ¡Santas Pascuas! (imagen del MEC). Fuente de la imagen: sxc.hu. Imagen incorporada con posterioridad; fuente: Skitterphoto en pixabay.
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[1] Nota insertada posteriormente: Ya sí tributan también en España en el IRPF.