El despliegue de un Sistema Interno de Información (SII), que es como la ley de mi país llama al popularmente conocido Canal de Denuncias, representa un compromiso fundamental de las organizaciones con la ética y la transparencia. Esta iniciativa, impulsada por la Ley 2/2023 en España, tiene como objetivo principal proteger a cualquier persona (empleados, proveedores, clientes...) que decida levantar la voz para informar sobre irregularidades o comportamientos indebidos dentro de una entidad. Más que de crear una línea directa para chismes o quejas triviales, se trata de establecer una vía de comunicación segura que permita detectar a tiempo problemas graves, como fraudes, abusos o incumplimientos normativos, antes de que escalen y causen un daño irreparable. Una de las claves para que este sistema funcione es la accesibilidad y la confianza. Por ello, el diseño de la fase de implantación exige que la empresa o institución se ponga en la piel de la persona informante y le ofrezca un abanico de opciones para comunicarse. Imagina a una persona que trabaja en una planta de producción y no se siente cómoda escribiendo un largo email, o a otra que está de baja y prefiere no dejar rastro digital en la red de la empresa; para ellas, la ley obliga a habilitar vías de comunicación tanto escritas como orales. Para cumplir con este requisito de ofrecer múltiples puertas de entrada, las entidades deben habilitar varios medios que se complementan entre sí (M. Velasco, 2023)[1].
En el ámbito escrito, la columna del sistema es la plataforma digital[2] software que debe ser tan seguro que incluso permita el anonimato total, generando un código único para que la persona informante pueda seguir el estado de su caso sin revelar quién es. Piensa, por ejemplo, en una persona que denuncia el uso indebido de fondos: puede enviar su informe desde cualquier lugar y luego, usando su código, recibir preguntas del gestor del canal y aportar más pruebas, todo bajo el paraguas de la confidencialidad absoluta. Adicionalmente, se requiere un correo electrónico específico y, para las entidades más tradicionales, un buzón físico sellado, garantizando que el mensaje siempre llegue a la persona correcta y que nadie más pueda interceptarlo. En cuanto a los medios orales, la norma exige la opción de una llamada telefónica, con la condición de que la grabación solamente se realice con el consentimiento expreso de quien llama, asegurando que sus palabras queden registradas fielmente. Como alternativa personal, también es aconsejable ofrecer la posibilidad de solicitar una reunión presencial con la persona responsable del Canal, la cual debe celebrarse rápidamente. En este caso, no se graba la conversación, sino que se redacta un acta detallada. Al habilitar todos estos canales—desde la plataforma digital anónima hasta el encuentro cara a cara—se asegura que la información importante siempre encuentre un camino seguro hacia la gestión interna, fortaleciendo la cultura de integridad para toda la organización.