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Y, también, la flexibilidad necesaria para alcanzar la justicia en cada caso concreto. La locución "Ius est ars boni et aequi”[2], es una de las definiciones más antiguas y profundas del Derecho, máxima que ha trascendido los siglos y sigue siendo objeto de estudio y reflexión en la actualidad. Si bien parece indicar que el Derecho es una habilidad, un arte, que busca lo bueno y lo justo, la expresión encierra complejidad ya que, al definir el Derecho como un arte, se reconocía su carácter creativo y dinámico, en el sentido de que la aplicación del Derecho no es una pura repetición de normas, sino un proceso que requiere habilidad, juicio y adaptación a cada caso concreto. El profesional de la justicia (abogacía, jueces, fiscales…), como un artista, debe crear soluciones justas a partir de un conjunto de principios generales. Igualmente, “Lo bueno y lo justo” son trascendentales en la filosofía del Derecho, puesto que "Bueno" se refiere a lo que es beneficioso para la comunidad, lo que promueve el bienestar general, y "Justo" hace referencia a la equidad, a la imparcialidad y a la aplicación de la ley de manera igualitaria.
Esta conceptualización del Derecho tiene vínculos con desiguales corrientes filosóficas, como pueden ser lo aristotélico o lo estoico, siendo sometido a lo largo de la historia tanto a continas críticas como retos existenciales. Alguna que otra parte de la doctrina ha señalado que la búsqueda de lo "bueno" y lo "justo" es subjetiva y puede llevar a interpretaciones divergentes. Pero, a pesar de su antigüedad, sigue siendo relevante en la actualidad, demostrando los debates sobre la justicia social, los derechos humanos y la interpretación del ordenamiento jurídico, la vigencia de esta máxima: “Ius est ars boni et aequi”. Obviamente, la premisa sigue siendo relevante en el ámbito del Derecho Ambiental -DA- (M. Velasco, 2013)[3], como expresión de la justicia ambiental. DA como rama del Derecho que explora la regulación de la interacción entre el ser humano y el medio ambiente, con la finalidad de garantizar la protección y conservación del entorno natural, posibilitando un desarrollo sostenible que cubra las necesidades presentes sin comprometer las de las futuras generaciones y erigiéndose como paradigma de cómo el Derecho puede ser instrumento para alcanzar lo bueno y lo justo.
Y es que la búsqueda de lo "bueno" en el DA se manifiesta en la protección de los ecosistemas, la preservación de la biodiversidad, la lucha contra la contaminación y la promoción de energías renovables, tratando de garantizar un entorno proactivo, que sea sano y apto para los seres que pueblan la Tierra. Lo "justo" en DA se convierte en la diligencia imparcial u objetiva de las normas ambientales, la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales y la reparación de los daños causados al medio ambiente. Hay que reconocer que la aplicación de los principios de justicia y equidad en el Derecho Ambiental se enfrenta a múltiples frentes derivados de la complejidad de los problemas ambientales, la diversidad de intereses en juego y la globalización de las actividades humanas. Pero también brinda oportunidades, derivadas de la creciente conciencia ambiental de la sociedad civil, el desarrollo de nuevas tecnologías y la cooperación internacional, como elementos que promueven la evolución del Derecho Ambiental hacia modelos de convivencia entre el humano y la Naturaleza más justos y equitativos. Fuente de la información: textos referenciados.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2013). Ius est ars boni et aequi. Sitio iurepost. Visitado el 12/09/2024.
[2] Atribuida al jurisconsulto romano Ulpiano y recogida en el Digesto.
[3] Velasco-Carretero, Manuel (2013). La Justicia Ambiental. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 12/09/2024.