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En el sitio Compliance, texto La protección del whistleblower[1], recogía el establecimiento de términos generales del perfil del denunciante por parte de la investigadora Beatriz García Moreno, apuntados en “Whistleblowing y canales institucionales de denuncia”[2], como “la persona que revela información negativa sobre una organización (pública o privada) con la que, generalmente, tiene alguna vinculación, lo que le permite tener un mayor conocimiento sobre sus prácticas y su personal”. Según Beatriz, “la experiencia demuestra que los sistemas de denuncia que tradicionalmente mejores resultados han obtenido son aquéllos que ofrecían recompensas económicas a cambio de la información".
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[1] Velasco Carretero, Manuel. La protección del whistleblower. Sitio Compliance. 2016. Visitado el 08/11/2022.
[2] García Moreno, Beatriz. “Lección VII - Whistleblowing y canales institucionales de denuncia”. En: Manual de cumplimiento penal en la empresa. Nieto Martín, Adán (ed.) (pp. 205-230). Valencia: Tirant lo Blanch. 2015.