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Estas cuotas ascienden a 86,26 M€ y se harán con cargo a los ingresos por cuotas en concepto de cese de actividad. Según el Ejecutivo, el tipo de cotización, que incluye obligatoriamente todas las contingencias, se fijará en: 28,30% por contingencias comunes, incorpora la Incapacidad Temporal y se equipara al Régimen General; en cuanto a las contingencias profesionales, será el 0,9% para todos los trabajadores e inferior a la tarifa mínima del Régimen General; para Cese de Actividad, el tipo se fija en el 0,7%, inferior a la cotización por desempleo de los asalariados, y por último, se establece el 0,1% para Formación y Prevención. A partir del próximo año, la subida se aplicará escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, será del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fija definitivamente el el 31%.
La Tarifa Plana se adapta a la obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales, tanto para los autónomos, con carácter general, como en los casos de discapacidad, violencia de género y terrorismo. Para ello, durante los primeros 12 meses, si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros[1]. Si se cotiza por encima de la mínima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%. Finalmente, entre los meses 13 y 24 se aplicará una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda. Según el Gobierno, estas decisiones sitúan a España, junto a Luxemburgo, en el selecto grupo de los países europeos que mejor protegido tiene a este colectivo, por dotarles de una cobertura social plena y obligatoria. Fuente de la información: PE.
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[1] Accidente de trabajo y enfermedad profesional, con la excepción del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA
[2] 51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales.