viernes, 28 de diciembre de 2018

¿Más Protección y Más Equilibrio?

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Hoy, 28 de diciembre, día de Los Santos Inocentes para los cristianos, el Poder Ejecutivo (PE) de mi país tiene previsto aprobar un Real Decreto Ley que recogerá, entre otras, la transformación en obligatoria de la cobertura de todas las contingencias: comunes (enfermedad común y accidente no laboral) y profesionales[1], y de los socios de cooperativas del Régimen de Autónomos (RETA), siempre que tengan un sistema de prestación social. Igualmente, se prevé convertir en obligatoria la cobertura por cese de actividad, y se duplican los periodos de duración de la prestación, creándose una adicional que corresponde a la cotización por el trabajador autónomo, a partir del día 61 de la baja médica por incapacidad temporal. 

Estas cuotas ascienden a 86,26 M€ y se harán con cargo a los ingresos por cuotas en concepto de cese de actividad. Según el Ejecutivo, el tipo de cotización, que incluye obligatoriamente todas las contingencias, se fijará en: 28,30% por contingencias comunes, incorpora la Incapacidad Temporal y se equipara al Régimen General; en cuanto a las contingencias profesionales, será el 0,9% para todos los trabajadores e inferior a la tarifa mínima del Régimen General; para Cese de Actividad, el tipo se fija en el 0,7%, inferior a la cotización por desempleo de los asalariados, y por último, se establece el 0,1% para Formación y Prevención. A partir del próximo año, la subida se aplicará escalonadamente con los siguientes tramos: en 2019, será del 30%; el 30,3%, en 2020; el 30,6%, en 2021 y en 2022, se fija definitivamente el el 31%.

La Tarifa Plana se adapta a la obligatoriedad de la cobertura por contingencias comunes y profesionales, tanto para los autónomos, con carácter general, como en los casos de discapacidad, violencia de género y terrorismo. Para ello, durante los primeros 12 meses, si se cotiza por la base mínima, la cuota será de 60 euros[1]. Si se cotiza por encima de la mínima, la cuota por contingencias comunes se reduce en un 80%. Finalmente, entre los meses 13 y 24 se aplicará una bonificación sobre la cuota por contingencias comunes que corresponda. Según el Gobierno, estas decisiones sitúan a España, junto a Luxemburgo, en el selecto grupo de los países europeos que mejor protegido tiene a este colectivo, por dotarles de una cobertura social plena y obligatoria. Fuente de la información: PE. 
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[1] Accidente de trabajo y enfermedad profesional, con la excepción del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA
[2] 51,50, por contingencias comunes y 8,50, profesionales.