viernes, 13 de junio de 2025

La disciplina de cumplimiento en el sector turístico

Fuente de la imagen: esquema desarrollado en la clase de la asignatura Derecho Administrativo Turístico (DAT), de tercero del Grado en Turismo de la Facultad de Turismo de la UMA; mvc
El régimen de autorizaciones (M. Velasco 2007)[1], infracciones (M. Velasco, 2013)[2] y sanciones (M. Velasco, 2013)[3] en el ámbito del derecho administrativo turístico es básico para garantizar el orden, la legalidad y la calidad en la prestación de servicios y actividades turísticas. Desde la etapa previa, la obtención de las autorizaciones y permisos necesarios se presenta como un requisito indispensable para el desarrollo legal de cualquier actividad del sector. La falta de autorización o su invalidez puede acarrear sanciones que van desde multas económicas hasta la suspensión temporal o definitiva de la actividad, reflejando la importancia que la normativa concede a la observancia de los procedimientos y requisitos establecidos. Las infracciones en el ámbito turístico son variadas, abarcando desde incumplimientos administrativos como no registrar un establecimiento, no cumplir con las normas de higiene o seguridad, hasta conductas que afectan la protección del consumidor, la competencia leal o la calidad del servicio. La calificación de estas conductas como infracción depende en gran medida de su gravedad, sus efectos y la intención o negligencia de quien las comete. Es importante señalar que la ley establece criterios objetivos para la graduación de las sanciones, teniendo en cuenta aspectos como la reincidencia, la gravedad de la infracción, los perjuicios causados y la trascendencia social de la conducta. Las sanciones, que en muchos casos tienen un carácter pecuniario, deben ser proporcionales a la infracción cometida, alineándose siempre con los principios de legalidad y proporcionalidad que rigen en el derecho administrativo. Asimismo, es crucial que las sanciones sean individualizadas y que explícitamente reflejen la gravedad y las circunstancias particulares del caso, para evitar sanciones desproporcionadas o arbitrarias.

La ley también contempla la posibilidad de sancionar conductas en función de su impacto en el sector y en la protección de los derechos de los consumidores, promoviendo así un equilibrio entre la sanción ejemplar y la protección de los derechos del infractor. En cuanto a las funciones del órgano inspector, estas van desde verificar el cumplimiento normativo, solicitar documentación y acceder a los establecimientos, hasta elaborar actas que recogen los hechos constatados y las infracciones presuntas. Estas actas son instrumentos esenciales y contienen datos identificativos, detalles del incumplimiento y la expresión de la infracción, sirviendo como base para la imposición o impugnación de sanciones posteriores. Asimismo, la ley prevé mecanismos de instrucción que permiten a los responsables subsanar determinadas irregularidades durante la tramitación del procedimiento, facilitando la correcta aplicación del régimen sancionador. El ejercicio de esta potestad sancionadora debe respetar siempre los principios constitucionales y legales, garantizando el derecho a la defensa, la publicidad y la participación en el procedimiento. Los responsables tienen la posibilidad de presentar alegaciones, aportar pruebas e impugnar las resoluciones sancionadoras ante los órganos correspondientes y, en última instancia, ante los tribunales de justicia. La finalidad de este sistema no es solo coactiva, sino también preventiva, buscando promover un sector turístico moderno, seguro y respetuoso con las normas. En conclusión, el régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones en el sector turístico funciona como un sistema equilibrado que favorece el cumplimiento normativo, protege los derechos de los viajeros y mantiene la confianza en el mercado turístico. Fuente de la imagen: esquema desarrollado en la clase de Derecho Administrativo Turístico (DAT).
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2007). Autorizaciones de actividades económicas. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 13/6/2025.
[2] Velasco-Carretero, Manuel (2013). Infracciones administrativas en turismo. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 13/6/2025.
[3] Velasco-Carretero, Manuel (2013). Sanciones en el turismo andaluz. Sitio Economía Sostenible. Visitado el 1236/2025.