miércoles, 21 de mayo de 2025

La Antena de la Empresa: No Esperes la Tormenta

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Si eres follower de este sitio sabes que largo y tendido he ejercido en eso de los concursos de acreedores, reconociendo cierto descorazonamiento que se ha ido fraguando a lo largo de décadas, diría. Y es que me creí a pie juntillas el espíritu de la Ley 22/2003[1] de mi país, de la cual fue ponente mi respetado y querido padrino en esto de la abogacía, el Ilmo. Sr. D. Bernardo Pinazo Osuna, pero la cruda realidad fue otra y desde entonces la administración concursal no ha hecho más que cavar zanjas para enterrar empresas. Cierto, se nos va a los presuntos expertos la “fuerza por la boca”, con tanta doctrina, comentario de legislación, de sentencias, congresos, seminarios, cursos… pero luego la legislación es la que es, a años luz de la de otros países punteros en materia de insolvencia empresarial, a pesar de que se han registrado "supuestos" avances, a modo de parches. Pero de vez en cuando prende en mi interior la llama del saneamiento y la restructuración empresarial (M. Velasco, 2007)[2], como en la tarde del martes que, invitado por Antonio (Gracias), participé en una mesa redonda que trató precisamente de la Reestructuración y la Viabilidad Empresarial (pre-insolvencia). Mis intervenciones se centraron en ideas engendradas antaño. Una de las doctrinas que "parí" fue la referente al sentimiento de reactivación, no de cierre (M. Velasco, 2016)[3], puesto que el pulso del derecho internacional de la insolvencia estaba cambiando desde la década de los setenta del siglo pasado, alejándose de una visión casi punitiva que priorizaba la liquidación y el cierre como destino inevitable de las empresas en crisis. La nueva filosofía, la prioridad de la continuidad empresarial, impregnaba la doctrina y casi nada a la legislación concursal en mi país. Ya no se trataba de desmantelar rápidamente lo que se tambaleaba, sino de ofrecer un salvavidas, una oportunidad real para que aquellas entidades con un modelo de negocio viable superaran sus dificultades financieras. Esa transformación respondía a una comprensión más profunda de las repercusiones económicas y sociales que conllevaba el cese de una actividad. 

Cuando una empresa quebraba, se perdían bienes materiales; se desvanecían puestos de trabajo, se rompían cadenas de suministro, se erosionaba el tejido productivo y la innovación se frenaba. La sociedad en su conjunto sufría las consecuencias. Por eso, el enfoque doctrinal de entonces se centraba en herramientas que permitieran la reestructuración temprana, interviniendo en las primeras señales de dificultad para evitar que la situación se volviera irreversible. Se buscaba la agilidad, la negociación extrajudicial y la flexibilidad, empoderando a los deudores y acreedores para alcanzar acuerdos que permitieran mantener la actividad. La meta era clara: evitar el desguace innecesario de valor y talento. La liquidación, en esa nueva perspectiva, se concebía como la última ratio, el último recurso cuando todas las vías para la viabilidad habían sido agotadas. En su lugar, el objetivo primordial era preservar el valor de la empresa en funcionamiento, salvaguardar el empleo y, en definitiva, contribuir a la resiliencia y estabilidad del sistema económico. Ciertamente, conllevaba un cambio de mentalidad profundo, un reconocimiento de que la insolvencia no siempre es sinónimo de fracaso, sino, en muchos casos, una oportunidad para reinventarse y resurgir con más fuerza. Pero el Legislador seguía "a su bola", por ejemplo, defendiendo sin criterio a los acreedores institucionales. Otra reflexión que por entonces me rondaba la cabeza era la de detectar el problema antes del naufragio (M. Velasco, 2007)[4], en el sentido de descubrir la insolvencia a tiempo, sin esperar a que el agua llegue al cuello, arte delicado y necesidad urgente en el mundo empresarial. Ya no podemos darnos el lujo de esperar a que las facturas se apilen sin respuesta o que los bancos cierren el grifo. La intuición del tejido empresarial, vital en tantos aspectos del negocio, a veces no basta cuando los números empiezan a enredarse. Se trata de una carrera contra el tiempo, donde cada día cuenta. Imagina un barco. No esperarías a que el agua inunde la cubierta para buscar el agujero. Lo mismo ocurre con una empresa. 

Los indicadores financieros son como los sensores en la sala de máquinas: un descenso constante en los márgenes de beneficio, un aumento desproporcionado de la deuda a corto plazo, o una acumulación de inventario sin salida, son señales claras. Pero no se trata solo de números fríos; el entorno económico cambiante, la irrupción de nuevas tecnologías que amenazan un modelo de negocio tradicional, o incluso la pérdida inesperada de un cliente clave, pueden ser detonantes silenciosos. El quid de la cuestión se encuentra en la anticipación y en la proactividad. Implementar sistemas de alerta temprana no es un lujo, es una inversión en la supervivencia. Esto significa más que mirar el balance una vez al año; implica un monitoreo constante, una cultura empresarial que fomente la transparencia y la comunicación de las dificultades, por incómodas que sean. A veces, la señal más potente no viene de una tabla de hoja de cálculo, sino de una conversación honesta con el equipo de ventas o de producción, que sienten la presión del mercado o la disrupción en la cadena de suministro mucho antes de que se refleje en los informes contables. Cuando la insolvencia se asoma, el tiempo para actuar es oro. Una detección temprana permite negociar con los acreedores desde una posición de mayor fuerza, buscar financiación alternativa, o incluso pivotar el modelo de negocio. En contraste, esperar hasta el último momento condena a la empresa a un rescate de emergencia, a menudo doloroso y con pocas opciones. Por eso, la prevención, a través de la vigilancia y el análisis constante, se ha convertido en el verdadero escudo de la empresa moderna. Pero en este mundo de la insolvencia empresarial, tradicionalmente encorsetado en un sinfín de trámites y requisitos que a menudo ahogaban más que salvaban, no hay que perder el norte respecto a lo verdaderamente importante (M. Velasco, 2009)[5]

Y es que la vieja guardia, con su obsesión por la forma sobre el fondo, ha dado paso a una corriente que abraza la mayor flexibilidad y un notable menor formalismo. Es como si, por fin, hubiéramos entendido que la prisa y la rigidez son malas consejeras cuando una empresa lucha por sobrevivir. Antes, cada paso requería un sello, una firma en triplicado, un plazo inamovible que a menudo dejaba a la empresa sin margen de maniobra. Este laberinto burocrático, lejos de proteger, solía consumir recursos y tiempo valiosos que la compañía en apuros simplemente no tenía. El resultado era predecible: muchas empresas viables acababan en la liquidación, no por falta de potencial, sino por agotamiento en la carrera de obstáculos procesal. Pero la dirección tiene que tener meridiana claridad: simplificar para rescatar. Se busca que los acuerdos de reestructuración sean más accesibles, que no requieran una parafernalia legal excesiva que sólo añade costes y complejidad. Se promueve la negociación directa entre deudores y acreedores, con una intervención judicial más comedida, centrada en homologar y asegurar el cumplimiento, pero no en microgestionar cada detalle, que implica, por ejemplo, procesos más ágiles para la comunicación y la documentación, permitiendo que la atención se centre en la solución financiera y no en el papeleo. Ese viraje hacia la flexibilidad es una necesidad imperante, puesto que el mercado global es dinámico y las crisis pueden surgir de forma inesperada, por lo que disponer de un sistema que responda con agilidad beneficia a las empresas en dificultades e inyecta confianza en el ecosistema económico. Termino. Que tomen buena nota el Poder Legislativo, la Administración Pública y los lobbies de turno: la mejor ayuda legal es la que permite actuar con pragmatismo y rapidez, liberando a los actores de la carga burocrática para que puedan centrarse en lo verdaderamente importante: la continuidad del negocio. Así que ¡Tonterías las justas! Posdata: Un recuerdo desde este sitio a los respetados Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, que me asignó mi primer concurso (juez cercano y resolutivo, que luego se fue a Córdoba, echándole de menos en Málaga), Ilmo. Sr. D. Enrique Sanjuan Muñoz (siempre tan ocurrente) y el Letrado de la Administración de Justicia, D. José María Casasola Díaz (trabajador de lo público incansable).
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[1] Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Publicado en: BOE núm. 164, de 10/07/2003. Entrada en vigor:01/09/2004.
[2] Velasco-Carretero, Manuel (2007). Editor desde 2007 del Sitio Insolvencia. Visitado el 21/05/2025.
[3] Velasco-Carretero, Manuel (2016). Reactivar, no Liquidar: La Nueva Insolvencia. Sitio Insolvencias. Visitado el 21/05/2025.
[4] Velasco-Carretero, Manuel (2007). Antes del Naufragio: Alertas Tempranas. Sitio Insolvencias. Visitado el 21/05/2025.
[5] Velasco-Carretero, Manuel (2009). Lo verdaderamente importante. Sitio Insolvencias. Visitado el 21/05/2025.