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En Especificaciones Técnicas y Funcionales se detallan las características y requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, dividiéndose en varias secciones que abordan aspectos como la remisión de información a la Administración Tributaria y las particularidades de ciertos sistemas informáticos, como los denominados VERI*FACTU. En cuanto a la Responsabilidad en el Tratamiento de Datos, disposición adicional segunda, se establece la responsabilidad de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el tratamiento de datos personales, asegurando que se cumplan las normativas de protección de datos vigentes. La disposición final establece que la orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación, lo que implica que los sistemas de facturación deberán adaptarse rápidamente a los nuevos requisitos. La implementación de esta orden es fundamental para varios sectores de la economía, al proporcionar un marco más claro que ayude a los empresarios y profesionales a cumplir con sus obligaciones fiscales de manera más eficiente, ya que, al estandarizar los formatos de facturación, se reduce la posibilidad de errores y se facilita la auditoría por parte de la Administración Tributaria.
Igualmente, se intenta responder a la necesidad de adaptarse a un entorno empresarial cada vez más digitalizado, con una rápida evolución de la tecnología que exige que las normativas se actualicen para abordar situaciones que no se habían previsto en el momento de su creación, lo que es especialmente relevante en un contexto donde la digitalización de los procesos de negocio se ha acelerado, impulsada por la pandemia y la transformación digital. Por todo lo anterior, un paso más hacia la modernización de los sistemas de facturación en mi país, al establecer requisitos más específicos con la finalidad de mejorar la eficiencia y la seguridad de los procesos de facturación y garantizar la transparencia y la integridad de la información fiscal. A medida que los empresarios y profesionales se adapten a estos nuevos requisitos, probablemente la la implementación de la normativa contribuya a un entorno empresarial más robusto y confiable. En resumen, la Orden HAC/1177/2024 es un ejemplo de cómo la legislación puede evolucionar para responder a las necesidades cambiantes del mercado y la tecnología, asegurando que todos los actores involucrados en el proceso de facturación operen dentro de un marco normativo claro y efectivo.
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[1] Velasco-Carretero, Manuel (2024). Orden HAC/1177/2024 sobre programas de facturación. Sitio Contable y Fiscal. Visitado el 08/11/2024.
[2] Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Ministerio de Hacienda. «BOE» núm. 260, de 28 de octubre de 2024.
[3] Velasco-Carretero, Manuel (2023). Adecuado uso de sistemas informáticos para facturar. Sitio visitado el 08/11/2024.
[4] Tanto para los usuarios como para la Administración Tributaria. La orden se compone de 21 artículos, 2 disposiciones adicionales, 1 disposición final y 1 anexo.
[5] Y las responsabilidades de los diferentes actores involucrados.