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Para el MTDyFP las principales novedades del proyecto de ley descansan sobre cuatro ejes: Estructura y acceso al empleo público estatal; carrera, promoción profesional, retribuciones y prestación de servicios; aprendizaje, formación continua y actualización permanente y, por último, ética profesional e integridad. Respecto a la primera, delimita las funciones del personal[4], autoriza al Gobierno a sistematizar cuerpos y escalas, y regula los requisitos de acceso y pérdida de la condición de empleado público. En segundo lugar, completa la regulación de la carrera horizontal y vertical, ordena las retribuciones y crea nuevos complementos y regula el régimen del teletrabajo. En cuanto a la formación y el aprendizaje continuo, los itinerarios formativos y la gestión por marcos competenciales constituyen elementos fundamentales del régimen de empleo público. Y, por último, regula los derechos y deberes de los empleados públicos, así como su régimen disciplinario[5]. Fuente de la información: MTDyFP.
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[1] Junto a la aprobación del RDL 6/2023.
[2] Este APL es fruto del acuerdo con las organizaciones sindicales.
[3] Con la aprobación de este proyecto de ley y del anterior RDL 6/2023 se ordena y define un modelo de la Administración del Estado que asienta sobre cuatro pilares las bases para la transformación de la función pública: Planificación estratégica: avanzar en un modelo previsional de recursos humanos que dote de mayor autonomía a los distintos gestores, teniendo en cuenta los ejercicios presupuestarios a medio plazo, con herramientas tecnológicas y con una ordenación por áreas funcionales. Acceso al empleo público y selección: progresar en la agilización e igualdad en la selección, en la presencia de la Administración en el territorio y en los planes de captación y retención de talento. Carrera profesional: Aprendizaje permanente y evaluación del desempeño. Carrera horizontal, con una progresión por tramos en el mismo puesto y carrera vertical, basada en el ascenso a un nivel mayor. Dirección pública profesional para fortalecer la profesionalización y liderazgo de los que están llamados a ser los impulsores de los procesos de transformación.
[4] Tanto funcionario como laboral.
[5] A partir de ahora se desarrollará la tramitación parlamentaria del proyecto de ley, coordinada con el proyecto de ley que deriva del RDL 6/2023, así como los desarrollos reglamentarios y estatuto de la dirección pública profesional. Todo ello, junto a las conclusiones del documento marco Consenso por una Administración Abierta, propiciará el nuevo marco jurídico de la transformación del modelo de Recursos Humanos de la Administración General del Estado.