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Se establece que todos los agentes de la cadena alimentaria tienen la obligación de disponer de un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio[4]. Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos[5]. Las entidades de iniciativa social que sean receptoras de donaciones deberán garantizar la trazabilidad de los productos donados mediante un sistema de registro de entrada y salida de los alimentos recibidos y entregados. Sólo podrán destinar estos productos a la donación, sin que en ningún caso puedan comercializarlos[6].
Otro aspecto que considero relevante es la transformación de los alimentos que no se hayan vendido, pero que mantengan sus condiciones óptimas de consumo, en productos como zumos o mermeladas, entre otros. Cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos; el uso como subproductos en otra industria ya como residuos, y la obtención de compost o biocombustibles. Igualmente, las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido[7]. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.
En relación a las buenas prácticas, se establecen medidas para que la administración pública y los distintos eslabones de la cadena eviten el desperdicio de alimento, como por ejemplo que los establecimientos comerciales dispongan de líneas de venta productos imperfectos o poco estéticos o la promoción del consumo de productos de temporada, de proximidad o ecológicos. Así mismo, la ley apela a incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo a la jerarquía de prioridades de uso[8]. Y es que parece que la motivación de la ley responde al imperativo ético que tienen los poderes públicos de reducir drásticamente el volumen de pérdidas y desperdicio alimentario.
Para el legislador, el desperdicio de alimentos es consecuencia de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios[9], perjudicando al conjunto de la sociedad, porque encarece el acceso a bienes de primera necesidad, malgasta recursos naturales escasos que se utilizan en la producción y el trabajo de agricultores y ganaderos, aumenta los residuos y el impacto ambiental, y lastra la eficiencia del sector productivo y su competitividad. Esta ley trata de orientar hacia un sistema de producción más eficiente, que enfoque al desarrollo de una economía circular. Para que la ley tenga éxito en la consecución de sus objetivos necesita de la implicación del conjunto de la cadena alimentaria y de la sociedad en general. Fuente de la información: GE. Fuente de la imagen: mvc.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Legislando el no desperdicio de alimentos. 2021. Sitio visitado el 08/06/2022.
[2] Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros por persona.
[3] La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que se desperdicia aproximadamente el 30 % de los alimentos que se producen en el mundo, lo que equivale a unos 1.300 millones de toneladas anuales, y que casi la mitad de este despilfarro se produce en la fase de postcosecha y venta minorista.
[4] El objetivo es que las empresas de la cadena hagan un autodiagnóstico de sus procesos productivos, identifiquen dónde se producen las pérdidas de alimentos, fijen medidas para minimizarlos y se destinen a otros usos, para los que se fija una jerarquía de prioridades.
[5] En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.
[6] Y deberán realizarla sin ningún tipo de discriminación entre los beneficiarios.
[7] Salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similar.
[8] Se incentivará que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad de los mismos y se promoverá la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida útil.
[9] Sus causas están relacionadas con errores en la planificación y calendario de cosecha, empleo de prácticas de producción y manipulación inadecuadas, deficiencia en las condiciones de almacenamiento, malas técnicas de venta al por menor y prácticas de los proveedores de servicios, y comportamiento inapropiado de los consumidores.