domingo, 11 de noviembre de 2018

Al César lo que es del César

Fuente de la imagen: mvc archivo propio
Hace unos años, texto “Turno de oficio[1], escribía sobre la justicia gratuita en España, conocimiento aprendido en el marco de las disciplinas Derecho Procesal I, con Tomás Aliste Santos, y II, con Eduardo Urbano Castrillo, y en Derecho Privado Internacional, de la mano de María del Ángel Iglesias. El artículo 119 de La Constitución española establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. El contenido del derecho a la asistencia jurídica gratuita está determinado por la Ley 1/1996, de 10 de enero[2], en cumplimiento del mandato constitucional desarrollado por la Ley Orgánica del Poder Judicial. La Justicia Gratuita en España, ese inadecuadamente llamado "turno de oficio" por el pueblo llano, se administra de forma diferente en función de la legislación aplicable en cada comunidad autónoma. Te cuento lo anterior, porque la tarde del sábado la pasé en compañía de algunos de estos “obreros de la justicia”, que a mí me gusta denominar "espíritus celestes de la justicia", cuya retribución deja mucho que desear, si bien recientemente el Ministerio de Justicia (MJ) de mi país ha aprobado el primer aumento en 15 años de los distintos conceptos por los que reciben sus pagos los letrados y procuradores que prestan este servicio. ​La nueva orden supone el mayor incremento realizado por una administración pública en materia de asistencia jurídica gratuita[3]. El objetivo de la norma no es otro que atemperar la depreciación económica sufrida a lo largo de los últimos años por la congelación de estos conceptos, así como atender, en la medida en que el Presupuesto lo permita, a la mayor complejidad y dedicación que exige el derecho de defensa ante los tribunales. 

La norma, además, presta especial atención al asesoramiento y asistencia jurídica inmediata a las mujeres víctimas de violencia machista como consecuencia de la puesta en marcha de las medidas incluidas en el Pacto de Estado sobre Violencia de Género, donde el incremento del baremo es superior a la media señalada (24%)[4]. Respecto al desbloqueo de los pagos de julio, agosto y septiembre, recientemente ha informado el MJ que el convenio de colaboración firmado por el Ministerio de Justicia, el Consejo general de la Abogacía española (CGAE) y el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid el 28 de junio de 2016 para los abogados del turno de oficio en el 'caso Gürtel' preveía que el importe máximo a abonar a cada uno de los 19 letrados de ese procedimiento ascendiera a 30.000 euros, para lo cual se libró un pago con cargo al ministerio de 570.000 euros.  Además de esa cantidad, el anterior equipo ministerial libró un pago adicional al CGAE -que se sumó a esos 570.000 euros- por valor de 591.297 euros sin cobertura legal alguna, con lo que la cantidad abonada duplicaba ampliamente la inicialmente establecida en el único convenio firmado con ese organismo. La oficina presupuestaria del ministerio advirtió a la Secretaría de Estado de Justicia de que el cobro indebido de esa cantidad impediría al CGAE recibir nuevos pagos en aplicación del artículo 34.5 de la Ley General de Subvenciones. Dicho artículo establece que "no podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario (…) sea deudor por resolución de procedencia de reintegro". 

Sin embargo, en lugar de reclamar formalmente esa cantidad, el ministerio, con la intención de entregar cuanto antes el dinero debido a todos los abogados del turno de oficio, ofreció al CGAE la posibilidad de reintegrar amistosamente y de manera voluntaria "sin el previo requerimiento de la Administración" el dinero que se le abonó indebidamente, tal y como prevé el artículo 90 del Reglamento de Subvenciones. Una vez devuelta la cantidad por esta última vía, el pasado 6 de noviembre, el ministerio pudo desbloquear los 7.835.117 euros correspondientes a los pagos por el servicio de asistencia jurídica gratuita de los meses de julio, agosto y septiembre. En caso de que hubiera pagado al CGAE esta última cantidad sin la devolución de lo indebidamente percibido por ese organismo, como bien saben todas las instituciones implicadas, los funcionarios del ministerio implicados en el abono de esa cantidad podrían haber cometido delitos como prevaricación o malversación de caudales públicos. Finalmente, respecto a la actualización de los baremos del servicio de asistencia jurídica gratuita, informa el MJ que la única razón que le llevó a aprobar recientemente la Orden Ministerial que conlleva la actualización de los baremos del turno de oficio es el cumplimiento del único trámite que faltaba para completar el procedimiento: el informe favorable del Ministerio de Hacienda. Por todo ello, "al César lo que es del César" y a los compañeros y compañeras del turno de oficio darle lo que es suyo. Al resto de “trapicheantes”, "manipuladores" y “politicuchos” de tres al cuarto, hay que “ponerles de comer aparte"[5]. Fuente de la información: MJ. 
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Turno de oficio. 2013. Sitio visitado el 11/11/2018.
[2] BOE núm. 11, de 12 de enero.
[3] Los módulos y bases económicas por los que se retribuyen los servicios de estos abogados y procuradores se fijaron en el Real Decreto 996/2003 de 25 de julio y, desde entonces, no se habían actualizado 
[4] El incremento de los créditos destinados a la asistencia jurídica gratuita en los Presupuestos Generales del Estado para 2018 asciende a 11.984.940 euros, lo que supone una subida del 32,7% frente a los del año 2017. La cuantía total destinada a este concepto durante este ejercicio alcanzará los 48,7 millones de euros.
[5] Para el significado de este dicho, recomiendo el artículo del historiador Carlos Rilova Jericó, en el Diario Vasco: "Historia de las palabras. Palabras con Historia. “Para dar de comer aparte”. ¿Una expresión medieval que ha sobrevivido hasta hoy día?