miércoles, 10 de agosto de 2016

Limitaciones, prohibiciones y prioridades

Fuente de las imágenes: pixabay
Hace unos meses, en el texto “Dicebamus hesterna die[1], te comentaba que después de un parón de casi cinco años, por fin se publicó en mi comunidad autónoma (Andalucía, España), la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas. Pues bien, la semana pasada difundía en “Formación para el Empleo”, post “Subvenciones formación trabajadores[2], la convocatoria del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para la concesión de subvenciones públicas para planes de formación de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados por un importe de 250 millones de euros a ejecutar en 2016 y 2017, primera convocatoria dirigida a los trabajadores ocupados desde la aprobación de la Ley 30/2015 y que está abierta plenamente a la concurrencia competitiva de las entidades de formación.

Más allá de las acciones derivadas de la aplicación en las bases de la convocatoria de los nuevos preceptos establecidos en la citada Ley para la mejora de la gestión y lucha contra el fraude, como la limitación de los anticipos, la prohibición de la subcontratación, o la creación de la unidad de lucha contra el fraude en la formación, como novedades destacar que, por primera vez, de cara a la selección de planes de formación, se consideran prioritarias las áreas relacionadas con la digitalización y las tecnologías de la comunicación, la internacionalización de las empresas, el emprendimiento y la eficiencia energética, entre otras. También, por primera vez, con el ánimo de hacer efectivo el carácter finalista de la contribución que empresas y trabajadores hacen para la formación en las cotizaciones a la Seguridad Social que consagra la nueva Ley que regula la formación profesional para el empleo, se incorporan a una convocatoria créditos no ejecutados del ejercicio anterior, en concreto 32 millones de euros no ejecutados del presupuesto de 2015 (Fuente de la imagen: pixabay y elaboración propia).
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Dicebamus hesterna die. 2016. Sitio visitado el 10/08/2016.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Subvenciones formación trabajadores. 2016. Sitio Educación, Formación y Empleo. Visitado el 10/08/2016.