Instantánea del Aula de Fray Luis de León en el edificio antiguo de la Universidad de Salamanca, de Esteban Zissou. |
Según la Junta de Andalucía, la Formación Profesional para el Empleo es un instrumento fundamental a los efectos de potenciar la empleabilidad de las personas trabajadoras, desempleadas y ocupadas, siendo objeto, por parte de la Administración General del Estado, de una profunda renovación normativa que supone la introducción de un sistema de observación y prospección del mercado de trabajo, para detectar los cambios en las demandas de cualificación y competencias en el tejido productivo; el establecimiento, como norma general para la gestión de los fondos públicos destinados a financiar, de la concurrencia competitiva abierta a todos los proveedores de formación acreditados o inscritos; así como un sistema integrado de seguimiento y evaluación de la formación para el empleo, junto con sistemas de control para garantizar el buen fin de los fondos destinados a la Formación Profesional para el Empleo. Si eres follower de este sitio seguramente te sonará mi relación directa con la formación para el empleo, desde el ejercicio de la Secretaría General en la otrora FACEP y hoy CECAP-Andalucía (ver post “Secretaría General”[1]), hasta las recientes experiencias que te relataba ayer mismo en “La bella causa de la inserción laboral”[2], pasando por los cursos, jornadas y ponencias que he impartido sobre la materia y que, algunas de ellas, también te he contado (“Justificación cursos FPE”, Poñente, “Más trasluz contable”, “No queda otro camino”…[3]). Asimismo, indirectamente, he estado relacionado con este sector; trabajos en Grupo Tadel, Grupo Vértice, Grupo Lehmberg, Grupo Insausti, La Factoría de la Red, M Capital Consultores… son buena prueba de ello.
Y antes de pasar a la faena informativa, otro preliminar más que servirá de título a este post. Fray Luis de León acostumbraba en sus años de docencia resumir las lecciones explicadas de la clase anterior. Cuentan sus biógrafos que tras salir de la cárcel, regresó a dictar su cátedra, retomando sus lecciones con la frase “Decíamos ayer…”, Dicebamus hesterna die, como si sus cinco años de prisión no hubieran trascurrido. Pues bien, después de un parón de casi cinco años, por fin el martes pasado se publicó en mi comunidad autónoma (Andalucía, España), la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas. Me pregunto qué ha pasado con los fondos públicos de los años en los que no se ha convocado la concesión y si hay alguien responsable de que los referidos fondos no se hayan utilizado para la finalidad a la que fueron presupuestados. En fin, la Orden actual se ajusta a las bases reguladoras tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, aprobadas por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de 5 de octubre de 2015. A ver si son verdad los rumores que dicen que la Administración Pública Andaluza ha puesto en marcha los controles para evitar el “cachondeo” con estas subvenciones por parte de algunas organizaciones empresariales, sindicales, centros de formación y la propia Administración en la gestión de las subvenciones y que ha provocado la judicialización de muchos desfalcos tristemente conocido en mi país como “fraude de los cursos de formación” o “Caso Edu”.
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Secretaría General. 2010. Sitio visitado el 09/06/2016.
[2] Velasco Carretero, Manuel. La bella causa de la inserción laboral. 2016. Sitio visitado el 09/06/2016.
[3] Velasco Carretero, Manuel. Justificación cursos FPE (2010), Poñente (2010), Más trasluz contable (2007), No queda otro camino (2012). Sitios visitados el 09/06/2016.