viernes, 7 de febrero de 2014

¡Si serán hijos de...!

Fuente de la imagen: mostafa_meraji en pixabay
Se define M. Casas[1] la locución “hijo de puta” a la expresión que se utiliza habitualmente como insulto, aunque tiene también otras connotaciones en función del contexto donde se pronuncie; por ejemplo, en “Don Quijote de la Mancha" se emplea en castellano antiguo “hi de puta” dentro del siguiente pasaje, aludiendo Sancho Panza a esta dicotomía: - ¡Oh hi de puta, bellaco, y cómo es católico! - ¿Veis ahí - dijo el del Bosque en oyendo el hi de puta de Sancho - como habéis alabado este vino llamándole hi de puta? - Digo - respondió Sancho - que confieso que no es deshonra llamar hijo de puta a nadie, cuando cae debajo del entendimiento de alabarle. Pero, dígame, señor, por el siglo de lo que más quiere: ¿este vino es de Ciudad Real?

Ayer, se me pasó por la cabeza esta dicción en sentido grosero, cuando mi interlocutor describía el perfil de comprobados individuos de su ámbito de relaciones, frutos podridos, que van difundiendo a diestro y siniestro lo “guapos que son y los tipos que tienen”, mientras embaucan a todo prójimo que se les cruce en el camino, dejando un reguero de menosprecio, autocracia, opresión, caudillaje, feudalismo… entre los colaboradores, clientes y proveedores que tienen la mala suerte de caer en su entorno o red de mafiosa influencia.

Parece ser que ganas le entraron a varios de sus trabajadores zamparles a los susodichos en la cara “ladrones e hijos de puta”, lo que me recordó la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, STS6031/2011[2], donde se recoge el despido improcedente de Dña. Rosario, por haber llamado “ladrón e hijo de puta” a su superior. En fin. A riesgo de que me denuncien cataloguen de "escrachista", apetito me entra a mí también, indicar esa frase a muchos de nuestros representantes políticos, institucionales, sindicales o empresariales. ¡Será por ganas! Si puedes, recarga pilas en este fin de semana (fuente de la imagen: sxc.hu). Imagen incorporada con posterioridad; fuente: mostafa_meraji en pixabay.
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[1] Casas Gómez, Miguel. La interdicción lingüística: mecanismos del eufemismo y disfemismo. Servicio de Publicaciones, Universidad de Cádiz, 1986.
[2] : STS 6031/2011 - ECLI:ES:TS:2011:6031 Id Cendoj: 28079140012011100535 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social Sede: Madrid Sección: 1 Fecha: 30/06/2011 Nº de Recurso: 3756/2010 Nº de Resolución: Procedimiento: SOCIAL Ponente: MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA Tipo de Resolución: Sentencia Resoluciones del caso: STSJ M 12917/2010, STS 6031/2011.