jueves, 5 de junio de 2025

El Lado Correctivo del Estado

Fuente de la imagen: esquema desarrollado en la clase de la asignatura Derecho Administrativo Turístico (DAT), de tercero del Grado en Turismo de la Facultad de Turismo de la UMA; mvc
La potestad sancionadora de la Administración Pública (M. Velasco, 2017)[1] española (AP) es una herramienta para asegurar el control y la regulación de los sectores que se consideran de interés general, incluyendo el turístico. Su propósito principal es garantizar que quienes operan dentro de estos sectores cumplan con las normas establecidas, fomentando así un mercado que sea justo, seguro y respetuoso tanto con los derechos de los consumidores como con el entorno en general. Esta facultad está claramente definida y limitada por la ley, que establece el marco para el procedimiento administrativo común. La idea central es que la Administración solo puede imponer una sanción cuando existe una norma previa que le otorgue expresamente ese poder, lo que asegura que las acciones de control se lleven a cabo dentro de un marco de legalidad y seguridad jurídica, impidiendo que la Administración actúe de forma arbitraria. Por lo tanto, cualquier sanción debe basarse en una norma de rango superior y en procedimientos que estén claramente establecidos. Uno de los principios rectores de esta potestad es el de legalidad, que implica que sólo se puede sancionar cuando se ha cometido una infracción que esté claramente tipificada y definida en la normativa, debiéndose respetar el principio de proporcionalidad, que exige que las sanciones guarden una relación lógica con la gravedad de la infracción. No sería razonable imponer una sanción muy severa por una infracción que se considera menor, por lo que el conjunto de sanciones posibles se diseña teniendo en cuenta la magnitud de los hechos que se van a sancionar. El proceso sancionador, por lo tanto, debe seguir procedimientos que sean públicos y que ofrezcan garantías a los implicados. 

La persona, empresa u otra institución que ha sido sancionada tiene derecho a ser informada en todo momento, a presentar alegaciones en su defensa y a defenderse antes de que la sanción se imponga de forma definitiva. La transparencia en el proceso y la posibilidad de recurrir la decisión sancionadora son otros elementos de este marco, que busca proteger los derechos de los afectados y asegurar que la actuación de la Administración se ajuste a principios de justicia. Es importante destacar que las sanciones que se pueden imponer van más allá de una simple advertencia o una multa. En algunos casos, la AP puede ordenar la suspensión temporal de actividades, la clausura de establecimientos o incluso la adopción de medidas definitivas para evitar que las infracciones se repitan. El objetivo no se centra en el castigo, sino en prevenir y corregir conductas que puedan perjudicar el interés público, los derechos de los consumidores o el buen funcionamiento del mercado, tanto en el sector turístico como en otros ámbitos, por lo que esta facultad sancionadora no se limita a ser un mecanismo de castigo, sino que también juega un papel importante en la promoción de buenas prácticas dentro del sector. La existencia de un marco sancionador claro y efectivo sirve de incentivo para que las empresas cumplan con sus obligaciones, mejoren la calidad de sus servicios y actúen de manera responsable desde el punto de vista social y económico. En conclusión, es un instrumento para mantener el orden, proteger los derechos, fomentar la competencia leal y garantizar la sostenibilidad del sector turístico. Su ejercicio, que debe estar siempre enmarcado en el respeto a la ley, asegura que el control se lleve a cabo de una manera que sea justa, transparente y efectiva.
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[1] Velasco Carretero, Manuel (2017). Potestad sancionadora de la Administración Pública. Sitio iurepost. Visitado el 5/6/2025.