jueves, 8 de diciembre de 2016

Los fracasos también hacen camino

Fuente de la imagen: pixabay
Si eres follower de este sitio, por textos como “Aprendizaje móvil”, “En la habitación” o “Certificados On Room[1], conoces mi interés por las tecnologías en el aula. Sobre esa materia, tecnologías en la educación, también he orientado los últimos cursos que he realizado: “Herramientas 2.0 para el docente” y “Aplicación de las redes sociales a la enseñanza”, por la Universidad Politécnica de Madrid; “Claves, estrategias y herramientas para innovar en red, Comunicación digital y contenidos multimedia”, por la Universidad de Málaga; y “Educar para los nuevos medios: competencia mediática para docentes”, por la Universidad de Cantabria. Asimismo, en “Nuevas tendencias en Educación[2], te enumeraba las diez tendencias emergentes en educación del Observatorio de Tendencias de Coolhunting Community, que van desde el fomento del talento en edades tempranas, hasta la promoción de la responsabilidad social empresarial, pasando por la búsqueda del bienestar físico y mental como clave para un aprendizaje eficaz, la formación continua, la motivación al alumnado para que elabore sus propios proyectos y centrarse en una idea para sacar el mejor provecho de sus habilidades, facilitar el acceso a las nuevas tecnologías, interacción entre alumnos y profesores, instalaciones equipadas con los últimos avances técnicos, colaboración entre alumnos y profesores o el mecenazgo popular. Así que estoy muy de acuerdo con el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) en el aula del alumnado[3], siempre dentro del contexto de la programación reglada, es decir, en el marco de la legalidad, tanto en el aspecto pedagógico-didáctico, como en el económico-presupuestario y, esencialmente, en el constitucional[4].

Te comento lo anterior porque en “mentideros de la villa”, se rumorea el "enésimo intento" de la administración pública de mi país, tanto a nivel estatal como de comunidades autónomas, de integrar las TICs "definitivamente" en los colegios. Algunos individuos alardean que una vez implantadas se ahorrará bastante (en docentes, tutores, libros, papel…), cuando en realidad, sería una inversión que generaría un beneficio brutal en el futuro de los "pequeñines". En fin. “A buenas horas…” diría el otro. “Más vale tarde”, cavilará más de un padre o madre. Sinceramente, hasta hace poco pensaba que las TICs desde hace tiempo eran algo cotidiano en los colegios (todavía recuerdo hace unos años a los niños y niñas andaluces con sus "bolsitas" verdes transportando ordenadores financiados por la Junta de Andalucía). Pero parece que de fracasos se hace el camino y todavía quedan por ahí, en más de un instituto, algunas ya no tan impolutas aulas de “Nuevas Tecnologías”, que han sido pasto de un cúmulo de despropósitos, desde desajustada programación de recursos, inadecuado uso de éstos y perversa política de logística y mantenimiento, hasta la deplorable formación continua de los docentes en esa materia. En cualquier caso, dice un amigo que si esos bisbiseos de los mentideros son ciertos, puede explicarse mejor por qué más de un centro educativo anda enfrascado "aprisa y corriendo" en actualizar su infraestructura tecnológica de forma que pueda adaptarse a las presumibles exigencias regladas de la administración pública de turno. Y si son concertados pues incrementar el ratio de cara al futuro concierto económico. 

De los dineros que hayan invertido o tengan presupuestados para estas lides los centros privados, no voy a reflexionar, puesto que entra dentro del ámbito privado y siempre que se respeten los derechos que marca nuestra Carta Magna, pues no hay nada más que decir. Ahora bien, con el dinero asignado a los centros públicos sí me vas a permitir que ruegue un uso adecuado de los presupuestos, aprendiendo de los desajustes anteriores, escuchando a todos los agentes activos, programando con cabeza y formando, formando… y reciclando a los docentes, transmisores del conocimiento de uso y del conocimiento especifico de cada asignatura. En cuanto a los centros concertados, los propietarios, empresarios, socios o accionistas, deberán invertir en adaptación de su infraestructura tecnológica y en la formación del profesorado en el uso de esa tecnología, inversión que recuperarán vía amortización, de forma que puedan seguir cumpliendo con los requisitos establecidos en la normativa que regula los conciertos en materia de educación. Si estos centros concertados son propiedad de los progenitores o tutores[5], serán estos usuarios los que deban ajustarse el cinturón en pro de una formación de calidad en clave TIC[6]. Pero el resto de los centros concertados de mi comunidad autónoma[7], según el actual OJA[8] en materia de Educación, no podrán solicitar aportación económica a los padres y madres para la formación reglada en formato TIC[9], salvo que se explore la vía de actividad extraescolar “voluntaria”, que no discrimine a ningún niño/niña y, como su propio nombre indica, sea facultativa o potestativa, es decir, no sujeta a ningún compromiso de mantenimiento futuro, ya sea a corto o largo plazo[10]

Así que especial atención deben asumir aquellos colegios comprometidos en conciertos que, por simple liberalidad de algunos usuarios o de la propia institución, presunta advenía interesada del temporero suministrador de tecnología que "casualmente pasaba por allí", o hipotética "enajenación mental transitoria" de la mayoría de los agentes implicados respecto del vigente entorno regulador, decidan articular unilateralmente métodos de implantación y financiación, a priori no consensuados unánimemente por los representantes de los potenciales beneficiarios y no calificados o fiscalizados por la administración competente, poniendo en riesgo el servicio de enseñanza concertada que ofrecen en su ámbito territorial de influencia y, caso de sanciones o denuncias del convenio, echando por tierra la labor de toda la comunidad escolar adscrita al centro educativo, así como sus respectivas y necesarias economías y sociabilidades escalables (alumnado, profesorado, personal de apoyo, administración y secretaría técnica, padres y madres, tutores, corporaciones locales, asociaciones, proveedores de productos y servicios…), en la plasmación y culminación continua de ese derecho fundamental recogido en el artículo 27 de la Constitución Española (Fuente de la imagen: pixabay).
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[1] Velasco Carretero, Manuel. Aprendizaje móvil (2013), En la habitación (2013), Certificados On Room (2013). Sitios visitados el 08/12/2016.
[2] Velasco Carretero, Manuel. Nuevas tendencias en Educación. 2016. Sitio visitado el 08/12/2016.
[3] De Infantil, Primaria, ESO, BUP o Universitaria.
[4] Igualdad, no discriminación...
[5] Cooperativas o adscripciones religiosas, por ejemplo.
[6] Posteriormente se lo aflojarán vía imputación de la amortización.
[7] Fundamentalmente sociedades anónimas o limitadas.
[8] Ordenamiento Jurídico Andaluz.
[9] En otras comunidades autónomas parece que sí pueden.
[10] No obstante, recomiendo que, incluso en este caso, se disponga del Vº Bº de la inspección de turno.